Abren puerta a cateo sin una orden judicial

AutorArmando Estrop

La reforma en materia de Seguridad Pública y Justicia Penal que será presentada hoy en el Pleno de la Cámara de Diputados permite el acceso a domicilios de las corporaciones policiacas sin que posean una orden judicial.

El dictamen, aprobado ayer por unanimidad en las Comisiones de Justicia y Puntos Constitucionales, modifica el artículo 16 constitucional a fin de que puedan darse este tipo de acciones en casos de que corran peligro las personas que se encuentren al interior de un inmueble.

"La Policía podrá ingresar sin orden judicial a un domicilio, cuando exista una amenaza actual o inminente a la vida o a la integridad corporal de las personas, así como en el caso de flagrancia cuando se esté persiguiendo materialmente al inculpado", establece el dictamen.

A pesar de que la diputada perredista Silvia Oliva pidió la modificación de este apartado, por la posible violación de los derechos humanos a la hora de la votación fue negada su propuesta.

El presidente de la Comisión de Justicia, el priista César Camacho dijo en la sesión donde se aprobó el proyecto, que si bien es una medida drástica, las organizaciones de Derechos Humanos podrán vigilar la correcta aplicación de esta norma.

Otra de las modificaciones permitirá que las grabaciones, aún y cuando son consideradas ilegales, podrían ser valoradas como pruebas por un Juez, siempre que sean entregadas por una de las partes que esté contenida en dicha grabación.

"Las comunicaciones privadas son inviolables. La Ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas, excepto cuando sean aportadas de forma voluntaria por algunas de las partes que participen en ellas.

"El Juez valorará el alcance de éstas, siempre y cuando contengan información relacionada con la comisión de un delito. En ningún caso se admitirán comunicaciones que violen el deber de confidencialidad que establezca la Ley", cita el decreto.

Determinan extinción de dominio

El dictamen aprobado también determina la extinción de dominio para poder confiscar los bienes del crimen organizado.

Este modelo procederá además de los casos de delincuencia organizada en delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos y trata de personas.

"Se aplicará respecto de los siguientes bienes: Aquellos que sean instrumento, objeto o producto del delito, aún cuando no se haya dictado la sentencia que determine la responsabilidad penal, pero existan elementos suficientes para determinar que el hecho...

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