Avalan tras 3 años ley de desaparición

AutorClaudia Salazar

Luego de tres años y medio de discusión en el Congreso, la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas fue finalmente enviada al Ejecutivo para su publicación.

Producto en gran medida del reclamo de organizaciones de familiares de desaparecidos y de la presión de organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, la ley, que había sido avalada en el Senado en abril de este año, fue aprobada ayer en la Cámara de Diputados por 397 votos a favor y ninguno en contra.

Tras retirar y desechar 54 reservas, el texto quedó en los mismos términos de la minuta enviada por la Cámara alta, la cual entrará en vigor cuando se publique en el Diario Oficial.

La ley, elaborada con iniciativas del PRD, PAN, PRI, Morena y el Ejecutivo, establece los tipos penales en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.

Crea además el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, la Comisión Nacional de Búsqueda, el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, el Registro Nacional de Fosas y el Banco Nacional de Datos Forenses.

Garantiza el derecho de los familiares a participar en el diseño, implementación y monitoreo de las acciones de búsqueda.

Esas acciones de búsqueda, indica, deberán sujetarse a los principios de efectividad y exhaustividad, debida diligencia, enfoque diferencial y especializado, enfoque humanitario y presunción de vida, entre otros.

Familiares de desaparecidos presentes en la sesión aplaudieron la aprobación de la nueva ley, la cual empezó a gestarse a raíz de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

La legislación señala que a quien incurra en el delito de desaparición forzada se le impondrá una pena de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días multa.

Esa sanción podrá aumentar hasta 90 años cuando la víctima pierda la vida, sea migrante, menor, mujer, persona con discapacidad, adulto mayor, periodista o defensor de derechos humanos.

A la...

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