Dan golpe duro a la SHCP

AutorVíctor Fuentes

La Secretaría de Hacienda sufrió ayer un duro golpe en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que declaró inconstitucional la reforma al sistema de acreditamiento del IVA que entro en vigor en 1999.

Luego de año y medio de litigio, diez empresas fueron amparadas por votación mayoritaria de ocho Ministros. Entre ellas se encuentran Cintra, TV Azteca, el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, Grupo Crisol y Parques Industriales Mexicanos, que tendrán derecho a la devolución del IVA que no habían podido acreditar a su favor.

La reforma impugnada afectó a empresas que manejan tanto productos exentos del IVA como productos gravados. Al defender su posición ante la Corte, Hacienda sostuvo que las modificaciones buscaban "acabar con el desequilibrio que existía entre quienes realizan operaciones con la tasa de 15 por ciento, y quienes realizan operaciones mixtas, pues se daba a estos últimos un trato preferencial sin justificación alguna".

Antes, los que realizaban operaciones mixtas podrían acreditar a su favor todo el IVA que les cobraban, por ejemplo, sus proveedores. El sector más importante son los grupos financieros, ya que los créditos que otorgan son operaciones extentas.

Con el sistema impulsado por Hacienda, que la Corte declaró ayer inconstitucional, sólo se puede acreditar el porcentaje que, del total de productos vendidos, representen los productos gravados: si de mil pesos vendidos 800 son de productos gravados, entonces la empresa sólo puede recuperar el 80 por ciento del total del IVA que le cobraron sus proveedores. El otro 20 por ciento tenía que

absorberlo.

Al confirmar sentencias de varios jueces federales, una mayoría de ocho Ministros consideró que esta medida "desnaturaliza el objeto del IVA, pues ya no sólo lo paga el consumidor final, sino también el prestador de servicios, cuando en teoría la única obligación de éste es trasladar dicho impuesto".

Además, continúa la Corte, "las empresas sólo pueden trasladar al consumidor final

un monto menor del que a ellas les fue cobrado, lo que se traduce en un trato desigual

para los iguales y viola el artículo 31 de la Constitución".

Durante 1999, más de 40 grandes empresas y grupos financieros con actividades mixtas llevaron sus casos ante la Corte, pero una vez ahí, las cosas sucedieron de manera poco común: inicialmente muchos casos fueron enviados a la Segunda Sala y desechados por un tecnicismo que, según cuatro ministros de esa sala, impedía analizar el fondo de las...

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