Que no te time la Policía

AutorTania Romero

Hay situaciones de la vida diaria en las que podrías terminar en contacto con un agente de Policía, por ello es importante que conozcas tus derechos, en qué situaciones pueden detenerte, cuándo sólo deben darte una advertencia, a qué sanciones te enfrentas y qué hacer para que la situación no escale. Omar Villaseñor Talavera, licenciado en Derecho, comparte algunas observaciones según el caso. Recuerda que lo más importante es prevenir.

1 ¿Faltas a la moral?

"Jóvenes, vamos a tener que remitirlos al Ministerio Público por faltas a la moral", es la frase que suelen decir los elementos policiacos cuando sorprenden a una pareja besándose o acariciándose dentro del automóvil o en la vía pública.

Se trata de una falta administrativa, no penal o criminal. La Policía sólo puede acercarse y pedirte que dejes de hacerlo en caso de que alguien se queje o se sienta ofendido.

Si alguien pone una denuncia, entonces pueden remitirte ante un juez cívico.

OJO: La figura de "faltas a la moral" no es un delito y no existe como tal en el Código Penal o en la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.

2 Ingerir bebidas alcohólicas en la vía pública

Si vas tomando una cerveza en la calle sí hay infracción, y los elementos policiacos tienen la obligación de remitirte al Juzgado Cívico. La multa a pagar es un monto de 21 a 30 veces el salario mínimo vigente en la Ciudad de México (70.10 pesos), es decir, entre mil 472 pesos y 2 mil 103. Si no lo pagas, se te puede imponer un arresto de entre 25 y 36 horas. Es decir, como si fueras al "Torito".

+ Si estás en una fiesta y sales a la calle con un vaso en el que estás tomando una bebida alcohólica, los agentes sólo deben pedirte que regreses al domicilio. La Policía no tiene derecho a molestarte mientras te encuentres en propiedad privada, sin una orden respectiva.

OJO: Si estás tomando dentro de un vehículo, recuerda que éste de ninguna manera es una prolongación o extensión del domicilio; es tu propiedad, un bien mueble que permite el desplazamiento de una persona. Si el coche está en la vía pública, quienes están dentro de éste también, y, por ende, pueden remitirte al Juzgado.

3 Caminar en estado de ebriedad

El artículo 11 de la Constitución Federal garantiza tu libertad de tránsito. La Policía sólo puede detenerte por dañar propiedades, escandalizar u orinar en lugares públicos, independientemente de si has ingerido bebidas alcohólicas o no. El simple hecho de ir borracho no es sancionable.

OJO: El artículo...

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