Obligan a vender condones en los antros de Tabasco

AutorCarlos Marí

VILLAHERMOSA / Tabasco

El Congreso de Tabasco aprobó ayer modificaciones a la Ley de Salud que establecen, con la finalidad de prevenir el sida, la obligatoriedad de venta de condones en lugares donde se ejerce el sexoservicio, baños públicos, bares y antros.

"En los establecimientos autorizados para el ejercicio del sexoservicio, baños públicos, discotecas y establecimientos autorizados para expender e ingerir bebidas alcohólicas, su propietario, encargado o administrador tendrá la responsabilidad de tener a la venta condones", indica el artículo 121 bis de dicha ley.

Además, señala ese apartado, los establecimientos para el hospedaje, "como parte del servicio básico, deberán entregar condones".

Otro ordenamiento que acordaron los diputados fue que la Secretaría de Salud deberá informar adecuada y oportunamente a la población, y particularmente a los sectores más vulnerables, sobre la problemática del sida, con datos científicos actualizados, así como las formas de prevenirlo, "entre las que figura el uso del condón".

En una sesión de más de tres horas, los diputados definieron entre reformas un capítulo dedicado al sida, en el que además de facilitar la adquisición del condón en dichos sitios, obliga a la Secretaría de Salud a promover su uso para prevenir la enfermedad y dar capacitación a sus trabajadores con el fin de "asegurar el cumplimiento de las medidas de prevención y ofrecerles los recursos necesarios para evitar el contagio".

Los centros de salud privados, de igual manera, estarán sujetos de esa obligatoriedad.

En el caso de las cárceles la Secretaría de Salud tendrá la responsabilidad de definir políticas preventivas para los reos y sus parejas, como garantizar a los internos que padezcan el síndrome un tratamiento ambulatorio, internamiento o el necesario que requiera su situación.

Las medidas regulatorias alcanzaron a los centros de tatuaje, salones de belleza, cementerios, crematorios y funerarias, en los que se facultará a la Secretaría de Salud para que tenga injerencia y ejerza control sanitario.

En otro de los artículos, los diputados legislaron que la obligatoriedad que tendrá la Secretaría de Salud para notificar a las personas que se les detecte el síndrome, será con "absoluta confidencialidad y respeto al derecho de la privacidad".

Y en el capítulo que añadieron de sexoservicio, los diputados tabasqueños acordaron que toda persona que se dedique a esta actividad "deberá conocer y utilizar las medidas preventivas...

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