Resumen
Ilegítimo en su origen, porque buscó imponer la peor censura posible, la discrecional en manos del Presidente, el pago en especie de un impuesto especial a la radio y la televisión debe ser suprimido, pero conservando la posibilidad de un tiempo mayor que el establecido por la ley para fines estatales y sociales. Para que presuntamente rigiera a partir de 1969, el presidente Díaz Ordaz estableció un impuesto a la radio y la televisión tan absurdo que fue un alivio para los concesionarios convertirlo en un mecanismo para pagar en especie, a sabiendas además de que de ningún modo sería exigible su pago.
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Extracto
Plaza Pública/ Doce y medio por ciento
La Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) se apresta a combatir el tiempo fiscal, hasta suprimirlo. Se trata de la obligación de los concesionarios de esos medios de poner a disposición del Estado el 12.5 por ciento del tiempo de sus transmisiones, para cubrir un impuesto que data de 1968. Desde entonc...
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