10 puntos para registrar tu obra

AutorAdán Tamariz

Según la Ley Federal del Derecho de Autor, el creador intelectual de una obra tiene la facultad exclusiva para explotarla.

Para sacarle provecho a tu trabajo o protegerlo, toma nota de las recomendaciones otorgadas por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).

1 Las áreas en las que puedes registrar tu obra son: literaria, musical con o sin letra, dramática, danza, pictórica o de dibujo, escultórica y de carácter plástico, caricatura e historieta, arquitectónica, cinematográfica y demás obras audiovisuales, programas de radio y televisión, programas de cómputo, fotográfica, arte aplicado, base de datos y registro de derechos conexos.

2 Sólo se puede realizar el trámite de un trabajo terminado, no una idea.

3 Es necesario plasmar la obra en un soporte material, como un CD, DVD, o impreso y entregar dos copias con el nombre del autor y título.

4 Cuando la autoría es de una persona, sólo se debe llenar la solicitud del registro RPDA-01; en cambio, si hay varios autores se debe agregar el formato RPDA-01-A1, en el que se especifica el porcentaje de participación de cada uno.

5 En el caso de algún producto audiovisual, corresponde especificar la actividad y el porcentaje de participación; por ejemplo, el guión, dirección, fotografía...

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