Abren historial laboral

AutorAlberto Barrientos y Adolfo Navarro

Ahora ya puede consultar su historial laboral en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Sólo necesita su CURP y su número de asegurado.

La información del IMSS le va a detallar cuántas semanas tiene acreditadas ante el organismo, el salario con que cotiza, el desglose de las semanas por año y el patrón con que trabajó.

Esta apertura es muy importante porque permite conocer si la empresa donde labora el trabajador está notificando al IMSS el salario que realmente está devengando, comentaron analistas.

A su vez, permite dar seguimiento a las semanas cotizadas y ver en qué régimen lo está haciendo, para no ver afectada su pensión.

Sergio Tapia, especialista laboral, reconoció como positivo el hecho de que el Seguro Social brinde esta información.

"El trabajador es beneficiado porque sabe si está cotizando, el salario con el que está dado de alta y la fecha en que inició su relación laboral", señaló.

Si las cifras difieren, el trabajador puede pedir una aclaración al patrón para que regularice su situación o hasta presentar una demanda ante los tribunales reclamando sus derechos o exigir una indemnización por la violación, explicó Tapia.

El número de semanas de cotización y el salario que cotiza el trabajador repercute en su pensión futura, expresó Tapia.

Bajo el régimen actual, para retirarse se necesitan mil 250 semanas de cotización y para el anterior, 500 semanas, en ambos casos cumplir con 60 años como mínimo.

Anteriormente, para conocer las semanas de cotización se tenía que hacer una consulta específica al IMSS o, incluso, hace pocos años, hacerla vía el Instituto Federal de Acceso a la Información.

"Con mi registro y estableciendo más o menos la fecha en que inicié a cotizar, el Seguro respondía dando la información por escrito, pero era un trámite engorroso y muchos trabajadores se desesperaban. El Seguro decidía cómo y cuándo contestar. No había información de acceso público", recuerda Tapia.

Subrayó que de acuerdo con la ley, el trabajador tiene un año como plazo máximo para establecer una demanda para que se le reconozca el salario, es decir, si hace 2 años cotizaba con un salario inferior al que devengaba y el trabajador apenas lo sabe, no puede corregir esta situación.

Pero si el trabajador reclama y el Seguro lo sabe, el patrón va a sufrir una multa.

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