Advierten en Gruen inconsistencias

AutorSergio Raúl López

Si Walter Gruen compró las 38 obras de Remedios Varo que cedió en comodato al Museo de Arte Moderno, no había necesidad para que denunciara la sucesión hereditaria, explica María Margarita Gallegos López, Juez Decimotercero de lo Familiar en el Distrito Federal.

"¿Qué necesidad había de que hiciera la denuncia de la sucesión testamentaria si realmente no había bienes de la señora Remedios Varo?".

Luego de dictar sentencia en la que declara a Beatriz María Varo Jiménez como heredera y albacea universal de los bienes de la pintora, en contra de la Beneficencia Pública, advierte que Gruen deberá acreditar la propiedad de las obras, de lo contrario podría perderlas.

"También alega que la pintora se las donó, pero tratándose de bienes de una cuantía mayor, esa donación tendría que hacerse por escrito", dice la representante del poder judicial expediente en mano. Centenares de hojas van contando la longeva historia de una disputa. Luego de estudiarlas, habla sobre el caso.

En el contrato de comodato, ejemplifica, Walter Gruen se ostenta como legítimo propietario. Sin embargo, en la última audiencia del juicio de petición de herencia, manifestó mediante su abogado que no necesitaba ser propietario para celebrar el contrato de comodato, que bastaba con que fuera poseedor. "Ahí entró la duda de si es propietario o poseedor de la colección", dice.

Luego añade que al contestar la demanda, Gruen afirmó primero que no había bienes, pero que si los hubiera ya había operado en su favor la prescripción. No obstante, dice la Juez, la prescripción positiva que Gruen alega, tendría que haber sido declarada antes en forma judicial.

"¿Por qué se condena a Gruen a la entrega de los bienes?", se pregunta a sí misma. Y responde: "Porque finalmente tendrá que acreditar si es propietario de esa colección y cómo la adquirió".

La fórmula es sencilla. Las obras que se acrediten como propiedad de Gruen formarán parte de su patrimonio, y las demás conformarán la masa hereditaria de la sucesión, dice Gallegos, quien está al frente del Juzgado 13 de lo Familiar desde el 16 de febrero del 2000.

Además, quien decidió que las obras no podían salir del Museo de Arte Moderno fue la Beneficencia Pública, pues cabía la posibilidad, dado que el comodato señalaba que no había un término para el contrato, que en cualquier momento salieran del país o se extraviara su paradero, apunta. "Por eso se giró el oficio, a petición de la Beneficencia Pública, para que el INBA tuviera en...

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