Afianzan hipoteca inversa para los adultos mayores

AutorDalila Sarabia

Los adultos mayores que busquen hacer líquido su patrimonio para acceder a una pensión, conocido como hipoteca inversa, podrán hacerlo a partir de hoy.

El Gobierno de la Ciudad publicó en la Gaceta Oficial las modificaciones al Código Civil por lo que ahora ya se incluye esta figura.

"El capital prestado puede ser dispuesto por el adulto mayor de dos formas diferentes: en una sola exhibición o mediante pagos periódicos hasta el momento de agotar el monto del crédito otorgado", se especifica.

Todas las instituciones bancarias privadas del sistema bancario, siempre que actúen a nombre propio, y las demás entidades financieras, instituciones sociales e instituciones públicas que cuenten con las facultades, están autorizadas para otorgar la hipoteca.

Serán estas instituciones, detalla el documento, quienes paguen el avalúo de la propiedad del adulto mayor para acordar el financiamiento.

Para ejercer el crédito se podrá requerir la constitución de un fideicomiso en el que actuará como fideicomitente la entidad financiera, como fiduciario una institución financiera diferente y como fideicomisario la Secretaría de Desarrollo Social local (Sedeso).

En ningún momento, subraya, se podrá ofrecer menos del 70 por ciento del costo de la propiedad al adulto mayor.

"La extinción de la hipoteca inversa tiene lugar cuando fallezca la persona adulta mayor beneficiada, así como su cónyuge (...) se extinga el capital pactado y los herederos (...) decidan no reembolsar los débitos vencidos, con sus intereses", se aclara.

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