Avala Corte dos regímenes

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte de Justicia resolvió en marzo que es válida la coexistencia de dos regímenes para regular la seguridad privada: uno federal y otro estatal.

El debate resultó de una controversia promovida por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, que alegaba que la Ley Federal de Seguridad Privada de 2006 es inconstitucional porque el Congreso no tiene facultades para normar esa materia, sino sólo la seguridad pública.

La Corte avaló la existencia de una ley federal, por una votación de 6 a 5.

La sentencia avalada por la mayoría señala: "La seguridad privada, junto con las instituciones de seguridad pública, forman parte de un sistema de seguridad pública.

"No hay un concepto constitucional de seguridad privada, sino servicios de seguridad prestados por empresas privadas. Es decir, la Constitución no distingue una actividad de seguridad pública y otra distinta de seguridad privada.

"Los particulares que deseen prestar servicios de seguridad en dos o más entidades, además de obtener la autorización federal, deben obtener autorización de cada entidade en la que desean prestar servicios".

El Ministro Fernando Franco quien no estuvo de acuerdo señaló: "El Congreso de la Unión no tiene facultades expresas para legislar en materia de seguridad privada. Por tanto, debió haberse restringido a normar el carácter de dichas empresas como auxiliares de la seguridad pública.

"La Ley Federal de Seguridad Privada excede en varios aspectos el ámbito en que puede legislar el Congreso, como las disposiciones relativas...

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