Avalan opacidad sindical

AutorVíctor Fuentes

Un tribunal federal resolvió que las cuotas que aportan los trabajadores a los sindicatos son recursos estrictamente privados y, por tanto, confidenciales y no están sujetas a la Ley Federal de Transparencia.

El fallo se contrapone a uno dictado antes por otro tribunal, lo que obliga a la Suprema Corte a intervenir para imponer una jurisprudencia, ya sea a favor o en contra de la transparencia, que aplique a cualquier organismo sindical.

El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa decidió otorgar un amparo al Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) contra un fallo del IFAI que ordenaba abrir información sobre las cuotas que se retienen del salario de los empleados para enviarlas directamente al gremio.

"Ni la retención ni la entrega de cuotas sindicales son actos de autoridad ni corresponden a recursos públicos toda vez que, pagado el sueldo al trabajador, es un recurso privado al que el patrón le descuenta una cuota para entregarla íntegramente al sindicato.

"En consecuencia, acerca de las cuotas sindicales no rige la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, por más que se pudiera pensar que, por el solo hecho de que sea una información con la que cuenta Petróleos Mexicanos, sea materia de libre acceso", señala el fallo de los Magistrados Jorge Camero, Homero Reed y Rosa Elena Rivera.

Otros tribunales también han sostenido que las cuotas que aportan los trabajadores de base son dinero privado.

Por ejemplo, varios acusados en el caso Pemexgate fueron absueltos del delito de peculado...

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