Busca ley acelerar auxilio a mujeres

AutorAntonio Baranda

Hoy entra en vigor la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que por primera vez clasifica los tipos de agresión, establece mecanismos de coordinación para atacar el problema de manera más ágil, y crea figuras jurídicas para prevenir el maltrato.

Leticia Bonifaz, Consejera Jurídica del Gobierno del DF, comentó que una de las novedades es que para frenar la violencia a través de las denominadas "medidas de protección", ya no será necesaria la intervención del Ministerio Público.

La víctima, sus amigos o familiares, podrán solicitar este tipo de órdenes directamente en los juzgados, lo que agiliza el acceso a la justicia y previene la comisión de delitos.

Anteriormente, para que la autoridad actuara en casos de violencia contra la mujer, era necesario levantar una denuncia ante el Ministerio Público y esperar a que actuara la Policía Judicial.

Ahora deberán llamar a los números 52 31 36 74 y 52 31 35 54, del Tribunal Superior de Justicia del DF (TSJDF), para que, dependiendo del problema, los canalicen con un juez civil, familiar o de paz penal.

Para ello, el TSJDF fijó un rol de turnos nocturnos de impartidores de justicia, quienes no estarán físicamente en sus recintos, pero serán localizados por la institución a cualquier hora, para que acudan cuando se necesite.

Las medidas de protección, dice la Ley, son precautorias, cautelares y de urgente aplicación, y tienen como propósito prevenir, interrumpir o impedir la consumación de un delito.

El artículo 63 establece que las medidas se clasifican en tres: de emergencia, preventivas, y de naturaleza civil, que dependiendo del caso, requerirán de la intervención de impartidores de justicia civiles, familiares, o de paz penal.

"Las medidas de protección requieren de una orden de juez, sólo son medidas preventivas de 72 horas.

"Si después de eso se considera que hay la comisión de un delito, entonces ya entraríamos por la vía del Ministerio Público", comentó Bonifaz.

La Ley, que retomó lineamientos del ordenamiento federal en la materia, contempla siete tipos de violencia: psicoemocional, física, patrimonial, económica, sexual, contra los derechos reproductivos y feminicida, pero no fija sanciones para ellas.

El objetivo del listado, explicó Bonifaz, no es castigar a los agresores, sino que las mujeres sepan e identifiquen si han sufrido algún tipo de violencia, para que pidan ayuda y reciban tratamiento especializado.

La norma señala que las medidas de atención en materia de...

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