Cadena Perpetua: Abre Corte el debate

AutorLaura Camacho

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se dispone a revisar un criterio que durante 70 años ha impedido que en México se aplique la cadena perpetua.

La prisión de por vida no está prevista en ningún Código Penal de México. En nuestra legislación sólo se aplican penas máximas que van de 25 a 70 años de cárcel, dependiendo de la entidad donde ocurra el delito, pero hasta ahora los Congresos locales se han abstenido de castigar un solo delito con cadena perpetua. La Primera Sala del Máximo Tribunal analiza un proyecto de la Ministra Olga Sánchez Contreras que, entre otros puntos, determinará si debe mantenerse el criterio de que la cadena perpetua es una pena "inusitada y trascendental ", tal y como lo estableció la última tesis de la Corte en 1931.

El tema salió a debate porque narcotraficantes mexicanos, con tal de impedir su extradición a Estados Unidos, se han amparado argumentando que de ser trasladados a ese país podrían ser sancionados con prisión de por vida, lo que contraviene la vieja tesis del Máximo Tribunal.

Sin embargo, debido a que diversos tribunales federales han sostenido tesis contradictorias sobre el tema, la Procuraduría General de la República (PGR)solicitó en julio pasado la intervención de la Corte para aclarar el criterio.

Uno de los casos por los llega a la Suprema Corte el tema es el de Jaime Arturo Ladino Avila, presunto miembro del Cártel de Colima detenido desde 1997. En diciembre de 1994, una Corte federal de Oregon ordenó la aprehensión de Ladino por tráfico de metanfetaminas.

Sin embargo, en febrero del 2000, el Cuatro Tribunal Colegiado en materia penal canceló la extradición concedida en 1997 por la Secretaría de Relaciones Exteriores, ante la posibilidad de que Ladino sea condenado a cadena perpetua en Estados Unidos.

En tanto, el Segundo Tribunal Colegiado sostuvo, al resolver el amparo 974/98, que cuando Estados Unidos solicita la extradición, la Cancillería no tiene por qué cerciorarse sobre las penas que se aplicarán en ese país al mexicano que será entregado.

Un castigo 'inusitado'

Durante su Quinta Epoca, la Suprema Corte de Justicia aclaró que para que una pena sea prohibida dentro de la legislación mexicana debe reunir una de estas dos características: que sea inusitada o trascendental.

Para la Corte, pena inusitada es aquella que ha sido abolida "por inhumana, cruel, infamante y excesiva ".

En 1931, la primera tesis sobre el tema estableció: "Salta a la vista que la pena de cadena perpetua...

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