Castigan en Querétaro a padres incumplidos

AutorFernando Paniagua

Corresponsal

QUERÉTARO.- Incumplir en Querétaro con las obligaciones alimenticias para con sus hijos, impide a padres divorciados convivir con sus hijos.

De acuerdo con las reformas al Código Civil del Estado, aprobadas por el Congreso local, y publicadas el pasado 12 de junio en el Periódico Oficial de la entidad, el objetivo es endurecer las sanciones para aquellos padres que incumplan con la obligación que el establece un juez de pagar la pensión alimenticia de sus hijos.

"Ante el incumplimiento de los deudores alimentarios en perjuicio de los citados grupos vulnerables, el deudor resienta consecuencias en su esfera jurídica, traducidas en la limitación de convivencias con sus menores hijos", señala la exposición de motivos de las reformas.

"En caso de incumplimiento injustificado a sus obligaciones de proporcionar alimentos, declarada judicialmente por sentencia firme, el juez, valorando el interés superior del menor, podrá reducir las convivencias con éste", establece el artículo 446 del Código Civil estatal.

La reforma, que entró en vigor el pasado 12 de junio, señala que cuando el padre o madre dejan de cumplir con la obligación de pagar alimentos a sus hijos, un juez civil puede limitar e incluso prohibir ver a sus vástagos.

"Se da celeridad a la persecución y sanción del delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, a través de la actuación más eficiente de las autoridades que tienen a su cargo esa labor", precisa el Código civil.

Para garantizar derechos a los menores, los legisladores locales aprobaron la creación de una base de datos de pensiones alimenticias, que está bajo la responsabilidad de la oficina central de Consignaciones del Poder Judicial...

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