Cédula de identidad, un 'déjà vu'

AutorMarco Antonio Baños

Como una respuesta al lamentable secuestro y asesinato del joven Fernando Martí, en agosto de 2008, en el marco del Acuerdo por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, el Presidente se comprometió a expedir la Cédula de Identidad Ciudadana enunciada en la Ley General de Población desde hace casi 20 años.

Ello ha implicado una larga discusión en la cual el Congreso, el IFE, el IFAI y la CNDH han expresado su preocupación ante la posibilidad de que la Secretaría de Gobernación levante una base de datos biométricos de mayores de edad y expida una mica adicional a la credencial para votar con fotografía, fundamentalmente, porque ello iría en sentido contrario a los estándares internacionales en materia de protección de datos personales y, a su vez, lesionaría de forma irreversible la actualización del padrón electoral y por lo tanto el derecho a ejercer el voto.

Según un estudio elaborado por el IFE en 2009, en caso de emitirse la Cédula al mismo tiempo que la credencial para votar, el padrón de electores sufriría una desactualización adicional de hasta un 10 por ciento de aquí al 2012, debido a la falta de un incentivo fundamental para acudir por ella como identificación oficial.

Ante estos argumentos, la Segob actuó con sensibilidad y madurez institucional y se comprometió públicamente a no expedir otra mica y explorar la firma de un convenio con el IFE que permitiera reconocer a la credencial para votar como única identificación oficial para mayores de edad.

A propósito de esa alternativa, el 2 de marzo de 2010 la Cámara de Diputados emitió un exhorto invitando al IFE y a la Segob a suspender la instrumentación de cualquier convenio destinado a desarrollar el proyecto de la Cédula de Identidad Ciudadana. La apuesta apunta a una reforma de fondo que sincronice la realidad con el marco legal y armonice el derecho a la identidad, la protección de los datos personales y el derecho a votar en condiciones de certeza, con las políticas de combate al crimen.

La obsolescencia del marco legal es notoria. En 1992 no existía un documento de identidad confiable para los mexicanos, por ello se incorporó a la Ley de Población la obligación de expedir una Cédula.

El artículo cuarto transitorio del decreto con el que fue expedida aquella ley estableció que en tanto no existiera la Cédula, los ciudadanos debían inscribirse en los padrones electorales e identificarse con la credencial de elector.

La realidad y la evolución política e institucional de nuestro...

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