Cobrará por 'paguitos' hasta 2% de interés

AutorDayna Meré

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cobrará una tasa de interés de entre 1 y 2 por ciento, a los contribuyentes que paguen en parcialidades sus impuestos retenidos y trasladados, según información dada a conocer por el organismo tras solicitud de REFORMA.

De aprobarse la iniciativa de reforma que enviará el Presidente Felipe Calderón al Congreso, como lo anunció el martes pasado, el cobro mensual para pagos que realicen liquidados a 6 meses será de 1.5 por ciento, y para auto-determinados de 1 por ciento.

Para los de 7 a 12 meses en el caso de liquidados, la tasa será de 2 por ciento mensual, y para los auto-determinados de 1. 5 por ciento.

Los contribuyentes liquidados son aquellos a los que la autoridad les haya requerido el pago de sus impuestos retenidos y trasladados luego de haber detectado una omisión, mientras que los auto-determinados son aquellos que autocorrigieron su situación.

Esta facilidad de pago, que actualmente no existe para impuestos retenidos y trasladados, aplicará para las contribuciones generadas hasta diciembre de 2008, y sólo para las solicitudes que sean presentadas y pagadas hasta el 31 de julio de 2009.

Para solicitudes posteriores a julio, precisó el SAT, las tasas anteriores se incrementarán en 2 por ciento.

Alfredo Gutiérrez, jefe del SAT, dijo en entrevista que para tener derecho a este beneficio, el contribuyente deberá estar al corriente en la presentación de sus obligaciones de pago del ejercicio de 2009.

Este beneficio es aplicable sólo durante 2009, y en los casos en que existan saldos a favor, éstos deberán ser compensados.

Además, esta facilidad se excluye para casos penales, y el pago en parcialidades no requerirá garantía, siempre y cuando los pagos se realicen en tiempo y monto.

Destacó que el plazo máximo para el pago en...

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