Colaborador Invitado / Martha Tagle: Aborto legal para no morir

AutorColaborador Invitado

Hoy, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá el amparo de revisión 636/2019 presentado por Justicia, Derechos Humanos y Género, AC. y organizaciones que integran el Observatorio Ciudadano Nacional sobre Feminicidio. La discusión en torno al proyecto de resolución presentado por el Ministro González Alcántara Carrancá será decisiva para avanzar en la obligación del Estado de garantizar el derecho a la salud de las mujeres, niñas y adolescentes, los derechos reproductivos y la interrupción legal del embarazo.

Este debate inició hace cuatro años en Veracruz cuando, por una parte, se solicitó la declaratoria de Alerta por Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) por Agravio Comparado, luego de documentar que a 400 niñas se les negó el aborto por violación como resultado de la penalización total del aborto en la entidad; y al aprobarse una reforma a la Constitución política de Veracruz que establecía el derecho a la vida desde la concepción, lo que impactó en el acceso de las mujeres al aborto legal y sus repercusiones en la salud, la vida y la libertad de las mujeres.

El reconocimiento del derecho de las mujeres a decidir de manera libre y voluntaria sobre su cuerpo ha sido un camino accidentado, con avances, retrocesos, baches y zanjas. Se ha enfrentado a resistencias sostenidas en prejuicios morales y en cálculos políticos que lo han convertido en moneda de cambio. Por ello, esta resolución es trascendente, pues reconoce que la legislación penal actual en materia de aborto es violatoria de los derechos humanos de las mujeres e implica discriminación y violencia en su contra.

Con esta discusión la SCJN da respuesta a la omisión legislativa en que el Congreso de Veracruz incurrió al no haber modificado el marco penal para legalizar el aborto, incumpliendo con las recomendaciones derivadas del decreto de AVGM por Agravio Comparado en Veracruz.

El proyecto de resolución de la SCJN sostiene que los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del Estado de Veracruz configuran una prohibición total de la interrupción del embarazo -vía tipificación penal-, lo que implica una barrera discriminatoria en el acceso a la salud en condiciones de igualdad. Además de que esta medida atenta contra el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres y su derecho a la...

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