Competencia y producción independiente

AutorRosario Novoa

Las casas productoras de video independiente dedicadas mayormente a la creación de contenidos educativos y culturales, hemos estado ausentes del debate surgido en torno a la Ley Federal de Radio y Televisión. En lo personal, asistí a algunos foros en el Senado y, cuando planteé que la ley considerara, en su articulado, el fomento, la promoción y la producción independiente o advertí que las productoras independientes no habían sido consideradas en las discusiones, las respuestas fueron en dos sentidos:

Uno. Que nuestras demandas habían sido contempladas a través de las intervenciones de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión así como a través del Sindicato Industrial de Trabajadores y Artistas de Televisión y Radio, Similares y Conexos de la República Mexicana (SITATyR); Dos. Que ya se incluía un artículo en el que se hablaba específicamente de las producciones independientes.

En cuanto al primer argumento, no conozco productoras independientes afiliadas a la Cámara mencionada, pues ésta aglutina específicamente a concesionarios de radio y televisión. En lo tocante al sindicato, al no ser empleados de ninguna de las estaciones afiliadas a la Cámara, no las contempla.En cuanto a que las productoras independientes están consideradas en el artículo 72-A de la Ley de Radio y Televisión, es menester -antes de hacer cualquier señalamiento- transcribir dicho precepto:

"Los concesionarios que cubran con producción nacional independiente cuando menos un veinte por ciento de su programación, podrán incrementar en porcentaje de tiempo de publicidad a que se refiere el Reglamento de esta ley, hasta por cinco por ciento.

"Este incentivo se aplicará de manera directamente proporcional al porcentaje de producción nacional independiente con el que se dé cumplimiento a lo establecido en el párrafo anterior".1

Sobre este punto, vale precisar que para ser una productora independiente a las concesionarias, basta con tener un nombre diferente y estar registrada legalmente. Es el caso de Azteca Digital o de la productora de Elisa Salinas que realizaba telenovelas para TV Azteca, que no son lo mismo que TV Azteca pero tampoco son totalmente independientes en la medida que tienen una liga de intereses laborales y económicos compartidos con las concesionarias, sin embargo, pueden ser consideradas en esta categoría que permite incrementar el tiempo comercializable. Es decir que este artículo vuelve a favorecer únicamente a los monopolios.

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