Con los derechos a la deriva

AutorSergio R. Blanco

Subir a la red un texto, una fotografía, una canción, un diseño o cualquier obra intelectual constituye un arma de doble filo para los autores. Por un lado, los creadores tecnofóbicos argumentan que Internet es un caldo de cultivo para la proliferación de copias no autorizadas de una obra: desde su perspectiva, la red niega la posibilidad de obtener un beneficio económico por su trabajo, pues incluso, a veces, ni siquiera aparece su crédito de autor. Por otro lado, hay autores que adoran la red, suben continuamente su obra, y defienden el copy-paste y la descarga porque, dicen, sus obras se difunden en escala y tiempo geométricos.

Encontrar un pun-to medio que contente a los creadores y también agrade a los internautas pasa por acciones que van más allá de los marcos jurídicos y tecnológicos, y se adentran en problemas éticos. La pregunta de trasfondo es siempre la misma: ¿cómo pueden protegerse los derechos de autor en Internet?

Desinformación en la web

No hay, como tal, un derecho de autor específico para Internet. Aunque la red de redes ha modificado la manera de pensar y defender la figura del creador, la Ley Federal del Derecho de Autor sigue siendo el marco legal que protege cualquier obra intelectual en México. Su texto está basado en el Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas suscrito hoy por 164 países, entre ellos México.

Por su experiencia en casos de plagio o vulneración del derecho de autor en Internet, Marco Chacón, abogado especialista en propiedad intelectual, considera que gran parte de la desinformación se suscita porque aún hoy muchas personas confunden el formato material que contiene la obra -electrónico, papel, un lienzo, un DVD- con la obra misma.

"La obra intelectual no tiene que ver con que se encuentre en Internet, sino con la manera de plasmar una idea de forma literaria, musical, artística, fotográfica, y, por tanto, es intangible", dice Chacón. "El hecho de que una persona sea autora de una obra intelectual la convierte automáticamente en titular del derecho de autor de la misma, tanto el moral como el patrimonial, que es el que permite explotarla".

Una particularidad del derecho de autor es que no requiere de registro ante la autoridad, dado que se protege en el momento en que se asienta en un soporte electrónico o fijo. A diferencia del registro de la propiedad, en el derecho de autor, puntualiza, el registro es únicamente declarativo. Acudir al Instituto Nacional de Derechos de...

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