Los derechos del viajero

AutorCecilia Núñez

Hay situaciones en las que parece que los viajeros están totalmente desprotegidos: cuando un vuelo se cancela, si se pierde su equipaje, si la aerolínea sobrevendió el vuelo... Muchas veces no queda más que aceptar la indiferencia del personal de la aerolínea y resolver el problema por cuenta propia.

Lo primero que hay que hacer a la hora de planear un viaje en avión es estar conscientes de que existe una ley que ampara a los pasajeros ante cualquier problema que pudiera surgir con las aerolíneas. Para estar al tanto de los beneficios más importantes de la Ley de Aviación Civil, publicada en el Diario Oficial de la Federación, hay que conocer algunos de los apartados que protegen a los viajeros. Aquí, algunos de los más útiles.

La Ley de Aviación Civil y el Reglamento de la Ley de Aviación Civil se pueden consultar en: www.sct.gob.mx

DISCULPE, PERO SIEMPRE NO SE VA

El Artículo 52 de la Ley de Aviación Civil protege a los pasajeros para obtener validez o reembolso de boleto en el caso de que no puedan viajar porque la aerolínea haya sobrevendido la capacidad del vuelo o porque lo haya cancelado. En tal caso, la compañía aérea debe, según la decisión del pasajero, regresar de manera íntegra el costo del boleto o validar el boleto para el primer vuelo disponible. Además está obligada a brindar apoyo para pagar alimentos, alojamiento, comunicación telefónica al lugar al que se dirigía el pasajero y transporte terrestre.

SIN SORPRESITAS

Esa oferta que parece haber caído del cielo y que ejerce una tentación irresistible de comprar el boleto en el mismo instante que se mira el precio, resulta ser un descuento mediocre cuando se le suman los impuestos y hasta el derecho a tener un lugar asignado.

Las aerolíneas pueden dar un precio inicial para llamar la atención del viajero, pero es su obligación especificar la tarifa final, sin trucos y con un desglose claro de la tarifa aplicada.

La transparencia en tarifas está estipulada en el Artículo 37 del Reglamento de la Ley de Aviación Civil, fracción I y II. Aquí se determina que todas las aerolíneas deben especificar la tarifa aplicada que sea autorizada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el desglose total de otros cargos en servicios como lugar asignado, clase o impuestos.

SOBRE AVISO NO HAY ENGAÑO

La aerolínea está obligada a brindar información de cancelación de vuelos de forma inmediata mediante el personal que labora en los mostradores y ofrecer las opciones más viables para que...

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