Devorados por la negligencia

AutorMarco Antonio Martínez

Aunque el gobierno federal cuenta con nuevos instrumentos legales para el combate a la corrupción, la incidencia de otras malas prácticas se ha expandido entre los servidores públicos.

Y mientras se acumulan los expedientes que contienen esas sanciones administrativas y penales, ni son encarcelados los "peces gordos" ni la mayoría de las multas impuestas por las autoridades son cobradas.

En los seis primeros meses del 2004, el Ministerio Público de la Federación ejerció acción penal en contra 11 servidores públicos considerados como probables responsables de hechos delictivos.

Los 102 procedimientos penales que se iniciaron en el periodo derivaron en 34 órdenes de aprehensión y en la consignación de los 11 funcionarios federales.

Fuera de la vía penal, 219 funcionarios fueron destituidos de sus cargos y otros 925 fueron inhabilitados.

Justo en estos campos es donde se desvanecen los límites para la aplicación de la ley a los malos servidores públicos y comienza el territorio de la impunidad.

Desde 2003 se ha registrado un incremento en la incidencia de conductas indebidas, reconoció el presidente Vicente Fox en su IV Informe de Gobierno.

Entre enero y agosto de 2004 se aplicaron 3 mil 786 sanciones administrativas a 2 mil 944 servidores públicos; en comparación con el mismo periodo de 2003, el incremento fue de 10.8 y 8.3 por ciento, respectivamente.

El número de actos delictivos entre los servidores públicos consignados y aprehendidos creció 35 por ciento.

Y fueron aplicadas sanciones económicas por mil millones 959 mil pesos, cantidad superior en 226 por ciento en términos reales, con relación al monto obtenido en el periodo anterior.

Desde que inició el sexenio ante las distintas contralorías se han presentado 55 mil quejas y denuncias contra malos servidores públicos del gobierno federal.

De éstas, 24 mil 582 han derivado en sanciones administrativas por las que se han acumulado multas económicas que ascienden a 5 mil 319 millones 599 mil pesos.

Las sanciones

El marco normativo que contempla las conductas irregulares en que pueden incurrir los servidores públicos del gobierno federal está enunciado en el título cuarto de la Constitución, de los artículos 108 al 114.

En la legislación secundaria, además de las disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, hay disposiciones sobre el particular en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, vigente desde junio de 2003, y en la Ley del Servicio Profesional de Carrera, expedida en abril de este año.

De acuerdo con su incidencia y su gravedad, las sanciones administrativas que pueden ser impuestas a los servidores públicos van desde los apercibimientos, las amonestaciones y las suspensiones temporales y llegan hasta las destituciones y las inhabilitaciones para ocupar cargos públicos.

Cada una de las dependencias federales y los órganos desconcentrados del gobierno federal cuenta con una contraloría interna, que se encarga de tramitar, sustanciar y resolver los procedimientos disciplinarios derivados de las quejas y denuncias formuladas por motivo del incumplimiento de las obligaciones de sus empleados.

De manera extraordinaria, la Dirección de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública puede ejercer la facultad de atracción, cuando la relevancia de un procedimiento administrativo así lo amerite. Así lo hizo en el 2003, cuando atrajo 70 expedientes. En los primeros ocho meses del 2004 había acumulado 70 más.

Desde enero de 2001, las áreas de contraloría del gobierno federal han presentado 559 denuncias penales en contra de malos servidores públicos.

Para estos casos, las conductas incorrectas tienen la tipificación de delitos. En el apartado correspondiente, el Código Penal Federal contempla castigos para aquellos funcionarios que hayan incurrido en el ejercicio indebido de atribuciones y facultades, la intimidación, la concusión, el cohecho, el peculado, el enriquecimiento ilícito, y hayan atentado contra la administración de justicia.

Luego de que los órganos internos de control sancionan a un funcionario, éste pueden impugnar ese acto a través de una solicitud de revocación y el fallo correspondiente debe emitirse a más tardar en 15 días.

Si en...

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