Disminuye Edomex causas de corralón

AutorRuth Muñiz

Desde ahora, las personas que infrinjan el Reglamento de Tránsito del Edomex enfrentarán menos causas que ameriten llevar su auto al depósito, además que ya no se les obligará a pagar una grúa para el arrastre, si el auto y conductor están en condiciones de circular.

Asimismo, por ahora no podrán ser multados hasta que en los 125 municipios se conformen agrupamientos femeniles exclusivos, quienes serán los únicos que podrán infraccionar y estarán habilitados con equipo remoto para hacer el cobro de inmediato.

Estas nuevas disposiciones aplican sólo para automóviles particulares, mientras que para el transporte público aún es vigente el Reglamento de Tránsito Metropolitano en la zona conurbada.

De las once causales que había para que un agente pudiera remitir un automóvil a un depósito vehicular, se conservarán solamente cuatro, las de mayor gravedad.

Así, faltas como no traer licencia de conducir o tarjeta de circulación ya no serán motivo para ir a corralón.

La derogación de las fracciones cuarta y octava del artículo 118 del reglamento reducen a cuatro las causales para remitir un auto al depósito: cuando el automóvil no porte ambas placas o cuando las que tiene no coincidan con la tarjeta de circulación.

También aplica en el caso de que el conductor circule en estado de ebriedad o cuando esté bajo el influjo de sustancias tóxicas y sicotrópicas.

El resto de las faltas, como transitar por carriles confinados, violar el Hoy No Circula, obstruir deliberadamente las vías de circulación, estacionarse en sitios prohibidos o en doble fila sólo ameritará una sanción económica de 20 días de salario mínimo.

Estas medidas, aseguraron el Gobernador Eruviel Ávila y el Secretario de Seguridad Ciudadana, Salvador Neme, buscan atajar actos de corrupción de los agentes de tránsito, tanto del nivel estatal como los de policías de los 18 ayuntamientos con tránsito municipalizado.

"Vamos a poder poner en orden un clamor de la población que era evitar esos actos de corrupción en arrastres corralones y todos esos actos", dijo.

Penalizan abusos

Como una medida adicional y que implicó una modificación al Código Penal en la fracción 13 del artículo 136, aquel agente de Tránsito que, sin facultades para infraccionar, levante una multa será acusado de abuso de autoridad.

Ello implicará una sanción punitiva de 1 a 5 años de cárcel y de 2 a 8 años de inhabilitación para un...

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