Endurecen penas por trata

AutorMariel Ibarra y Daniela Rea

El Senado aprobó ayer la Ley contra la Trata de Personas, que sanciona toda la cadena delictiva de la explotación de personas hasta con 40 años de cárcel.

Los senadores aprobaron diversas modificaciones a la minuta enviada a la Cámara de Diputados y exceptuaron de la cadena el fenómeno de la prostitución.

Así, se aprobó que se sancione hasta con 30 años de prisión a quien se beneficie de la explotación sexual de una o más personas a través de la prostitución, la pornografía o el turismo sexual, mediante engaño, violencia física, abuso de poder o amenaza.

La pena sube hasta 40 años de prisión para quienes se aprovechen de una relación matrimonial y de concubinato para someter a la persona a explotación sexual.

Así como para los padres o tutores que entreguen a menores de edad con la intención de que sean abusados o explotados sexualmente.

Los senadores aprobaron que se considere explotación de una persona cuando haya esclavitud, condición de siervo, explotación sexual, laboral, trabajo o mendicidad forzada, así como la utilización de menores de 18 años en actividades delictivas.

También está en esta condición quien adopte ilegalmente a menores de 18 años, el matrimonio forzoso, o quien retenga a una persona para traficar órdagos, tejidos y células o para experimentos biomédicos.

"Por trata de personas se entiende toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o a alojar a una varias personas con fines de explotación", se establece en el dictamen aprobado en la Cámara...

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