Facilitan cumplir con el fisco

AutorDolores Ortega

Es dueño de una empresa o está por abrirla, entonces sabrá de las nuevas obligaciones que tienen a partir de este 2012 todas las personas morales, las cuales aunque le parezca increíble el fisco federal puede ayudarle a cumplirlas, a través de Microe.

Sepa que a partir de este año, todas las personas morales están obligadas a utilizar el esquema de Declaraciones y Pagos (DyP), el cual requiere una serie de información que deberá generar y disponer para poder cumplir cada mes con sus contribuciones, advirtieron especialistas.

Y Microe, de acuerdo al Servicio de Administración Tributaria, le puede ayudar a generar esos archivos que necesita y facilitar su cumplimiento de DyP.

"El portal Microe, genera diversos reportes para interactuar con otros sistemas, los reportes que se generan son: reportes de declaraciones de ISR, IVA e IETU, los cuales interactúan con el sistema de DyP, para generar el archivo de envío de declaraciones", asegura el SAT.

Según información del SAT, Microe le podrá ayudar también, de forma gratuita, a implementar el nuevo esquema de facturación electrónica, que seguramente necesitará.

Pedro Carreón Sierra, socio de impuestos y servicios legales Pricewaterhouse Coopers, destacó que además de las ventajas administrativas que ofrece Microe, el uso de la herramienta genera beneficios fiscales a sus usuarios.

"Además de todas las facilidades administrativas, como ofrecerle de forma gratuita la factura digital, Microe tiene la ventaja de que las inversiones en activos fijos se deducen de manera inmediata, excepto automóviles.

"En lugar, de depreciarlos por varios años, en el mismo ejercicio que haga la inversión podrá deducirla al 100 por ciento", enfatizó.

Según el SAT, Microe es una herramienta gratuita que está a disposición de todas las personas físicas con actividad empresarial y personas morales inscritas en el Régimen General de Ley y en el Simplificado, cuyos ingresos anuales no deben rebasar los 4 millones de pesos.

"Que los contribuyentes que inician actividades pueden utilizarlo, siempre que estimen que sus ingresos del ejercicio no rebasarán los 4 millones de pesos", añade.

Y si durante el ejercicio, sus ingresos exceden de 4 millones de pesos y hasta en un 10 por ciento, entonces deberá cumplir con sus obligaciones fiscales conforme al régimen de la Ley de ISR que le resulte aplicable, pero, a partir del siguiente ejercicio fiscal, pero si excede de 10 por ciento será al mes siguiente a aquel en hayan excedido el...

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