Gravarán hasta el fracaso

AutorDolores Ortega

A partir de 2014, hasta el fracaso de un negocio implicará pagar al fisco federal.

La reforma hacendaria para ese año, aprobada ya por el Congreso de la Unión, además de nuevos impuestos y alzas en algunas tasas existentes, trae consigo nuevas obligaciones.

Todos los cambios tienen un objetivo común: asegurar al fisco federal mayores ingresos, según los especialistas.

De acuerdo con la reforma aprobada al Artículo 26 del Código Fiscal de la Federación (CFF) 2014, los accionistas o socios de una empresa que tengan el control serán responsables solidarios de las responsabilidades fiscales, en función del porcentaje de su participación social.

Bernardo Elizondo, presidente de la Academia de Derecho Fiscal en Nuevo León, explicó que cuando el fisco haya agotado todos los bienes de la empresa y no complete el pago del adeudo, cobrará el resto a cada socio mayoritario de acuerdo a la proporción de su capital social.

Lo que significa que si su participación accionaria es de 50 por ciento en la compañía, en ese mismo porcentaje deberá cubrir el adeudo de la empresa que tiene con el Servicio de Administración Tributaria, añadió.

Óscar Adame, fiscalista del Despacho Adame y Elizondo, dijo que con la nueva reforma hacendaria triunfar en México cuesta, pero también el fracaso.

"A partir del próximo año triunfar en México cuesta (fiscalmente), pero fracasar en México también costará, porque si le va mal a la empresa irán con los accionistas", criticó.

De acuerdo con la disposición, la responsabilidad solidaria sólo aplica a los accionistas que tienen control efectivo -mayoritario- de la sociedad, dejando fuera a los accionistas que sólo adquieren acciones en el mercado financiero.

También añadieron que para que el fisco federal actúe en contra de los accionistas por no cumplir sus obligaciones fiscales debe cumplirse uno de cuatro supuestos establecidos: que la empresa no solicite su inscripción en el RFC; que cambie su domicilio sin presentar el aviso correspondiente; que no lleve contabilidad, la oculte o la destruya, y que desocupe el local sin presentar el aviso de cambio de domicilio.

Especialistas coincidieron que la nueva disposición contraviene lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Francisco Saucedo, fiscalista, explicó que la Ley General de Sociedades Mercantiles establece que los socios deben responder hasta por el monto de sus aportaciones.

Es decir, detalló, si el capital social que depositó a la empresa fue de 50 mil...

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