Gustavo Fondevila / La Ley de Cultura Cívica

AutorGustavo Fondevila

Suponga usted que llega a su casa una noche después de un largo día de trabajo y se dispone a descansar. Al acostarse a dormir, descubre que una máquina comienza a perforar la calle. Esa noche no logra conciliar el sueño. A la noche siguiente, tampoco y así sucesivamente. Después de varios días de no descansar -ni usted ni su familia-, decide hablar con los trabajadores que están excavando las calles de la Colonia Juárez para la empresa Gas Natural FENOSA pero ellos lo ignoran. Entonces llama a la Policía del cuadrante Ángel-San Rafael para que intervengan pero ellos se niegan a apagar las máquinas. En ese punto, usted se pone firme y les recuerda a las autoridades que la Ley de Cultura Cívica establece en su artículo 24, fracción III, que "producir o causar ruidos por cualquier medio" representa una infracción contra la tranquilidad de las personas. No hay que olvidarse que usted es una persona -al igual que el resto de sus vecinos en la colonia. Las autoridades se ven obligadas -contra su voluntad- a remitir a los presuntos infractores al juzgado cívico CUAH 5, ubicado en la Colonia Santa María. Pero hay un problema: usted también tiene que ir para ratificar su acusación ante el juez cívico. Y si usted creía que el ruido era su calvario, ahora va a conocer la justicia cívica de la Ciudad.

Al llegar al juzgado y después de una larga espera, el juez le informa (¡a las dos de la mañana!) que no puede procesar el caso "por falta de personal disponible" y que remite todo el asunto al Juzgado Cívico CUAH 3 ubicado en Reforma a la altura de la Colonia Peralvillo. Una vez en el "juzgado de guardia", usted se sienta a esperar porque la carga de trabajo es muy alta (choques, acusados de beber en la vía pública, etc.) y recién a las 5 de la mañana, logra ratificar la denuncia frente a la autoridad competente. Si con muchísima suerte, el juez le da la razón es probable que al salir por la mañana del juzgado -otra noche sin dormir- usted lo considere una victoria insulsa. Al fin de cuentas, esa misma noche lo esperan otros trabajadores con el mismo entusiasmo y energía que los anteriores.

EL SENTIDO DE LA LEY

Entonces, ¿para qué sirve la ley? Según el IV Informe de Labores del Gobierno de la Ciudad (Consejería Jurídica), en el periodo de septiembre de 2009 a septiembre de 2010 se remitieron 114 mil 321 personas ante los juzgados cívicos por cometer faltas administrativas. Fueron sancionados 81 mil 362 de los presentados (71.17 por ciento) con...

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