Gustavo Fondevila / El 'limbo' del arraigo en el DF

AutorGustavo Fondevila

El 2 de mayo pasado, la Comisión de Derechos Humanos del DF emitió la recomendación 2/2011 a la Procuraduría de Justicia y al Tribunal Superior de Justicia por las condiciones violatorias de derechos humanos en las que se aplica el arraigo en la Ciudad. La Comisión investigó de oficio 92 expedientes radicados en la Primera Visitaduría General y constató que en 17 casos, la persona no tuvo asistencia jurídica y en el resto, se pusieron límites a las visitas de abogados y al tiempo de reunión. En muchas situaciones, hasta fueron presenciadas por personal de la Procuraduría. Esto sin contar las denuncias de arraigados que no pudieron recibir visitas, ni llamar por teléfono a sus familiares, ni tuvieron acceso a alimentos.

A pesar de esta grave situación, el Procurador, Miguel Ángel Mancera, defendió el arraigo afirmando que del 2009 a la fecha, de 700 arraigos se realizaron 606 consignaciones en relación con trata de personas y secuestro. Y estos números intentan probar que el arraigo no es arbitrario y produce buenos resultados.

¿Y sabe qué es lo más terrible de estas dos posiciones? Básicamente que ambas instituciones tienen razón. El arraigo es un monstruo jurídico indigno de un Estado de derecho moderno, pero sin arraigo los MPs solamente lograrían meter presos a los que la Policía Preventiva detiene en flagrancia, es decir, atrapados en el momento justo en que suben la escalera para entrar a robar a su casa. Si ya se fueron, olvídese de ellos.

Detener primero, investigar después (quizás)

Antes de la creación del Centro de Arraigo (2009), el lugar oficial para arraigar era el Instituto de Formación Profesional, aunque se sabe que había -y quizás todavía existan- "hoteles" y "casas seguras" rentadas por la Procuraduría del DF. Si hace cuentas (700 desde 2009), verá que alrededor de una persona por día es enviada a la oscuridad de las mazmorras para decidir después si es culpable o inocente. Del resto no se sabe nada porque no hay números. Según la Procuraduría local, por cuestiones de seguridad no se debe saber cuánta gente está encerrada, ni cuántos agentes operan en el centro, ni cuánto dura en promedio el arraigo, nada de nada. A la oscuridad le suman la opacidad absoluta.

En México, una persona puede ser "retenida" hasta por 48 horas por el Ministerio Público (Artículo 16 constitucional) sin acusación ante el juez. Esto ya está muy mal, pero empeora porque en esos dos días, el MP no tiene...

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