La iniciativa imperfecta

El propio Felipe Calderón ha aceptado que su propuesta de reforma al marco jurídico de Pemex es perfectible y ha conminado a debatirla ampliamente y enriquecerla. Nueve especialistas identifican las virtudes, deficiencias y los peligros de la propuesta del Ejecutivo.

Francisco Garaicochea

Manos libres para privatizar

Manos libres para privatizar. La propuesta que envió el Ejecutivo al Congreso implica que Pemex, en lugar de seguir todo un proceso burocrático que lleva mucho tiempo, pueda tener libertad de dar asignaciones directas a compañías para todo tipo de actividades de la explotación petrolera. Lo que ha sucedido en el pasado es que Pemex ya tiene compañías preferidas, como Repsol, Schlumberger, Halliburton y Petrobras.

La iniciativa va a crear generadores independientes de refinados y petroquímicos. Se va a dar autonomía para que Pemex pueda contratar a quien quiera, y se va a simular la transparencia, rendición de cuentas y rectoría del Estado, pues todo va a depender del Ejecutivo.

En la parte de yacimientos de aguas profundas lo que va a ocurrir será que se va a lotificar todo lo que es aguas profundas y se van a dar concesiones a empresas para que escojan algunos bloques. Si el pozo exploratorio resulta seco, le van a pagar lo que le costó al contratista la perforación y la prueba de producción, más una utilidad, que ya es mucho dinero, que nos la van a presentar como mínima razonable para que las compañías se interesen.

Cuando se encuentren reservas, se va a proponer un sobreprecio, de acuerdo con los resultados, y mientras más grande sea el descubrimiento les darán un mayor precio, un "estímulo por resultados".

La secretaria de Energía dijo que se perforarían unos 2 mil pozos y que cada uno costaría 150 millones de dólares; es decir, estamos hablando de 300 mil millones de dólares. Esto quiere decir que aunque las empresas no participen mediante contratos riesgo harán un negocio redondo.

Se habla de autonomía de gestión para justificar todo esto. Eso suena bien, pero no tenemos, como en otros países, un ente regulador autónomo, una verdadera rectoría del Estado, y hoy la quieren aplicar con un nuevo consejo de administración, con cuatro consejeros profesionales, pero nombrados por el Ejecutivo. Eso no es una rectoría del Estado. El Ejecutivo federal ampliará así sus facultades e injerencia sobre nuestro patrimonio petrolero.

Falta además un reglamento de trabajos petroleros, que en Estados Unidos existe y obliga a no quemar gas a la atmósfera, a obtener suficiente y buena información para conocer los yacimientos y preparar planes óptimos de desarrollo y explotación de los campos hasta el abandono. Obliga a las compañías a aplicar de inmediato procedimientos de recuperación mejorada en los pozos, y a obtener la máxima recuperación de hidrocarburos. En la propuesta de Calderón ni siquiera se habla de eso, la comisión del petróleo que se plantea requeriría primero de actualizar el reglamento de trabajos petroleros vigente, que fue expedido en 1974.

El autor es presidente del Grupo Ingenieros Pemex Constitución del 17.

Contratos con incentivos

Propuesta de reforma

En el artículo 46 de la nueva Ley Orgánica de Pemex se sugiere: Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios podrán celebrar contratos en los que se pacte una remuneración fija o variable, determinada o determinable, con base en las obras y servicios especificados al momento de la contratación o que el desarrollo del proyecto exija con posterioridad. Petróleos Mexicanos podrá condicionar a que el proyecto genere ingresos para cubrir los costos correspondientes, y podrá pactar incentivos tendientes a maximizar la eficacia o éxito de la obra o servicio, los cuales serán pagaderos únicamente en efectivo.

Miriam Grunstein

Nuevo régimen

Una reforma dirigida a mejorar la competitividad de nuestro sector energético debe presuponer el rediseño de su actor principal. Para que Pemex pueda convivir con otros actores de su especie, debe volverse más empresarial, lo cual implica agilizar sus procedimientos de contratación.

Los procedimientos de contratación de Pemex -desde su otorgamiento hasta su celebración y ejecución- han entorpecido su capacidad de relacionarse con otros actores. Esta iniciativa reconoce que Pemex se encuentra encorsetado por las leyes administrativas en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras y propone un nuevo modelo hecho a la medida para algunas de sus contrataciones. El gobierno federal ha tomado conciencia de que Pemex no debe contratar la construcción de una plataforma petrolera de la misma forma que compra lápices. En vista de ello, el proyecto de iniciativa de la nueva ley de Pemex contiene en su sección III un régimen especial de contratación para las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas aplicable "tratándose exclusivamente de las actividades sustantivas de carácter productivo a que se refieren los artículos 3, 4, y 4 A de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo..." Esto es, las demás actividades que no caigan en este supuesto se seguirán rigiendo por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, según corresponda.

Por otra parte, los regímenes especiales comportan riesgos que no parecen estar resueltos en esta iniciativa. Por bien diseñados que sean, los regímenes especiales suelen traer consigo complicaciones al tratar de determinar qué supuestos deben sujetarse al régimen especial y qué otros, al general. Así, llama la atención en esta iniciativa la vaguedad sobre cuáles podrían ser las "actividades sustantivas de carácter productivo a que se refieren los artículos 3, 4, y 4 A de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo...". En tal sentido, es recomendable acotar con más precisión -a nivel legal- el ámbito de este régimen especial para delimitar la discrecionalidad de los funcionarios de Pemex en su aplicación. La discrecionalidad acotada en la ley puede ser positiva pues ensancha la capacidad de decisión de los funcionarios, en este caso de Pemex. De lo contrario, ésta también abre la puerta a que terceros inconformes con el otorgamiento de ciertos contratos impugnen el procedimiento por considerarse que fueron otorgados bajo un régimen que no les corresponde. Por consiguiente, también implica el riesgo de que se intente fincar responsabilidades a quienes los otorgaron, con lo cual es posible que los funcionarios de Pemex se muestren renuentes a aplicarlo.

La claridad del ámbito de aplicación de los regímenes jurídicos especiales es la piedra angular de su eficacia. De lo contrario, estos regímenes especiales pueden y suelen ser contraproducentes. Para el caso en particular, en lugar de agilizar los negocios de Pemex, éstos podrían quedar empantanados en controversias sobre el régimen jurídico que les es aplicable.

La autora es consultora en materia energética, coordinadora del área de Energía de Thompson & Knight Abogados.

Agilizar las contrataciones

Propuesta de reforma

En los artículos 44 y 45 de la nueva Ley Orgánica de Pemex se establecería un régimen mixto para las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, que pretende distinguir a las actividades sustantivas de carácter productivo a cargo de la entidad paraestatal y sus organismos subsidiarios, en términos de los artículos 3o., 4o. y 4o. A de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, de las que no lo sean.

Alfonso Hickman

¿Paternidad nacional o extranjera?

El contenido de la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica de Pemex establece que los bonos ciudadanos son para acercar a los mexicanos los beneficios de Pemex. Son títulos de crédito que otorgarán una contraprestación y sólo podrán tenerlos las personas físicas y morales mexicanas. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá la normativa y el comisario actuará como representante de los intereses de los tenedores.

Expertos ya están viendo importantes vacíos en los artículos correspondientes, por ejemplo: no se limita ningún porcentaje de emisión, dejando las cosas al criterio de Hacienda; no es creíble el acercamiento de los mexicanos, pues la contraprestación no dará ningún derecho sobre la propiedad; los beneficiarios reales no serán los mexicanos de a pie sino los intermediarios y a la larga los acaparadores acaudalados. Exponen la ruta para la bursatilización de Pemex, pues la autonomía administrativa y financiera y el control corporativo que vigile los intereses de los accionistas ya están contenidos en el texto enviado. Adelantan que, en la reforma fiscal, se podrá verificar la tercera condición, la cual buscará la operación rentable de Pemex para asegurar la generación de dividendos para los accionistas.

Los "inofensivos" textos de la iniciativa se vuelven amenazantes cuando se miran a través de la discrecionalidad que se otorga a la...

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