JAQUE MATE / Sosa Nostra

AutorSergio Sarmiento

"Nunca es triste la verdad. Lo que no tiene es remedio".

Joan Manuel Serrat

En un país en el que la libertad de expresión se encuentra cada vez más amenazada, resulta muy preocupante la decisión del juez 29 de lo civil en el Distrito Federal, Miguel Ángel Robles Villegas, que declaró culpable de daño moral al autor Alfredo Rivera Flores en agravio del diputado del PRI Gerardo Sosa Castelán.

Rivera Flores escribió el libro La Sosa Nostra: gobierno y porrismo coludidos en Hidalgo. En esta obra el autor ofrece su visión de la manera en que Sosa ascendió políticamente utilizando como trampolín a la Federación de Estudiantes Universitarios de la Universidad Autónoma de Hidalgo.

El diputado Sosa demandó por daño moral no sólo al autor sino a todo el que tuvo algo que ver con este libro: al periodista Miguel Ángel Granados Chapa por haber escrito el prólogo, a la editorial Miguel Ángel Porrúa por haber publicado la obra, a la empresa Libraria por haber hecho la tipografía, a Enrique Garnica Ortega por haber diseñado la portada y a Héctor Rubio Traspeña por haber tomado la fotografía de la portada. El propósito era claramente mandar un mensaje de intimidación no sólo a Rivera Flores y a Granados Chapa, un periodista que ha sido también candidato del PRD al gobierno de Hidalgo, sino a toda la comunidad periodística del país.

El juez Robles Villegas exoneró a Granados Chapa de la acusación, pero declaró culpable al autor Rivera Flores. La información con la que cuento, la cual procede de una nota del periódico Reforma que cita a la abogada de los demandados Perla Gómez Gallardo, no aclara si la editorial, la empresa de tipografía, el diseñador de la portada y el fotógrafo han sido declarados también responsables de este supuesto daño moral, pero no me sorprendería. El juez no ha fijado aún el monto de la indemnización.

Este fallo es apenas la primera instancia en un proceso que bien puede ser muy prolongado. Los demandados tienen la opción de apelar el fallo y de ampararse ante la justicia federal. El caso podría llegar finalmente ante la Suprema Corte de Justicia y quizá sería bueno que así ocurriera, porque puede tener consecuencias muy importantes en definir los espacios y límites de la libertad de expresión en nuestro país.

El artículo 1916 del Código Civil Federal establece que por daño moral "se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos...

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