Libra Corte a Banamex de pagos millonarios

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte de Justicia resolvió ayer que Banamex no tiene que reembolsar más de 269 mil millones de pesos por un depósito realizado en 1987.

Consideró que la tasa de interés pactada en el pagaré original no era fija y debió irse ajustando a las condiciones del mercado.

Al fallar el primero de doce amparos derivados de litigios multimillonarios contra los bancos, la Corte aclaró a favor de estos y por unanimidad el punto central de los juicios, que consistía en determinar si la tasa ha permanecido inmutable durante la duración de estos depósitos, o si deben regir máximos fijados por el Banco de México.

El problema derivó de una leyenda que se incluía en los pagarés de esa época, cuando los bancos eran estatales, y que decía que las inversiones se renovarían automáticamente "con las mismas condiciones" si el cliente no ordenaba lo contrario.

"En relación con la tasa, 'mismas condiciones' no se puede interpretar 'tasa fija', porque sería algo que se sale del mercado que tienen obligación los bancos de jugar, no nada más por intereses propios, sino por interés social que implica el tener ahorradores", dijo el Ministro Arturo Zaldívar.

El cálculo más reciente sobre el monto reclamado en la demanda resuelta ayer asciende a 269 mil 800 millones de pesos, cuando el depósito realizado por un inversionista de Chihuahua con tasa de 91.3 por ciento anual fue de 400 mil viejos pesos; es decir, 400 pesos actuales.

Ese monto equivale a 41 por ciento de los activos totales de Grupo Financiero Banamex, y a casi el doble de su capital. Las tasa de interés actuales ronda 4.5 por ciento anual.

"¿De dónde va a agarrar el banco este dinero?", cuestionó el Ministro Guillermo Ortiz, quien advirtió que la afectación impactaría en los accionistas y en los miles de clientes de Banamex.

Tasas de interés

El amparo otorgado a Banamex no lo absuelve de pagarle al inversionista José Luis Saldívar.

Pero con la resolución de la Corte la cantidad se reducirá drásticamente, pues los intereses aplicables serán los que ha fijado Banco de México en sus circulares, o en su defecto, las tasas prevalecientes en el mercado para este tipo de pagarés.

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