Limita Corte la publicidad

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte de Justicia se pronunció por primera vez sobre el tema de la publicidad comercial y determinó que por tratarse de un mero complemento de la actividad empresarial, no goza de libertad de expresión absoluta, sino que puede ser regulada por las autoridades.

La Corte resolvió el 20 de octubre una demanda de la empresa Crédito Afianzador, que en abril de 2002 fue requerida por la Condusef para entregar copia de sus contratos y publicidad para revisión por parte del organismo, que protege los intereses de los usuarios del sistema financiero.

Esta afianzadora alegó que la Ley de la Condusef viola las garantías de derecho a la información y libertad de prensa, previstas por la Constitución, pues le permite a la Comisión revisar y proponer modificaciones a los contratos, la publicidad y en general todos los documentos informativos dirigidos a los clientes, para evitar que se induzca al error o la inexactitud.

Crédito Afianzador señaló violaciones al artículo sexto de la Carta Magna, que garantiza el derecho a la información, y al séptimo, que indica que es inviolable la libertad de publicar escritos sobre cualquier materia.

Al negar el amparo, la Primera Sala de la Corte afirmó que estas garantías están enfocadas primordialmente a proteger la expresión en materia política, para el mantenimiento de una opinión pública libre y bien informada.

"Lo que podemos llamar expresión comercial", afirma la sentencia del ministro José Ramón Cossío, "se sitúa en todo caso muy lejos del núcleo esencial del derecho a la libertad de expresión".

"Desde esta perspectiva", agregó la Corte, "se entiende que las libertades de expresión e imprenta protejan de manera especialmente clara y enérgica el derecho del individuo de expresar sus ideas en materia política, y que otro tipo de discursos expresivos como el comercial, estén mucho más desconectados de la función que otorga a estos derechos su singular posición dentro del esquema de la democracia representativa".

Los ministros estimaron, por unanimidad, que la publicidad casi siempre se reduce a mensajes que proponen una transacción comercial. "En esa medida, su producción puede ser regulada por el legislador dentro de límites mucho más amplios que si tratara de un caso de ejercicio de la libertad de expresión en materia política o filosófica", concluyeron.

Además de los servicios financieros, otras áreas donde el gobierno supervisa la publicidad...

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