Llaman a separar Iglesia-Estado

AutorBertha Villalobos

HUIXQUILUCAN.- Uno de los principios fundamentales de las leyes de reforma, es la separación entre la Iglesia y el Estado, así lo refleja el artículo 130 constitucional y la Ley de Asociaciones Religiosas.

"Un Municipio no tiene facultad de intervenir en asuntos que tengan que ver con la iglesia, salvo que la Federación lo permita, que es a quien le compete", resumió el especialista constitucional, José Luis R. Velasco de la UNAM.

Así lo marca también la tesis "La Relación Estado Iglesia a la luz del artículo 130 constitucional" de Gabriel Alcántara, licenciado en derecho de la ENEP Acatlán, quien señala que la legislación sobre la materia será federal y excluye la posibilidad de que incluso, las Cámaras locales legislen al respecto.

Para que un Gobierno Municipal pueda invertir en infraestructura de templos católicos, explicaron en la Subsecretaría de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Hacienda es quien debe fiscalizar lo concerniente en esta materia, ya que se trata de un asunto que se enfoca al uso de recursos públicos.

En la Administración General de Asistencia al Contribuyente, se aclaró que la autonomía que gozan los Ayuntamientos les permite adecuar sus recursos enlas necesidades de la población, sin embargo, afirmó el funcionario de la dependencia, Javier Beltrán, no existe una partida asignada a dotar a las iglesias de infraestructura.

"Para que el Ayuntamiento pueda disponer de los recursos, primero tienen que señalar cuál será su destino y ser aprobado por el Cabildo, yo no conozco una partida que se se destine para este fin (templos religiosos).

"De manera general y por lo que dicta el 130 constitucional, no podrían hacerlo pero también, por ser bienes de dominio público se puede estar certificado para dar mantenimiento a las construcciones que ya existen; en México tenemos muchas edificaciones viejas que requieren de atención de la Federación, en este sentido es a quien le correspondería", señalo Beltrán.

Escrito en la ley

Mientras que Huixquilucan asegura que con la construcción de la iglesia se cumple el artículo 8 constitucional, abogados advierten que se viola el 130.

Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la...

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