LA MANO VISIBLE / Fotomultas: derecho y política pública

AutorAlejandro Faya

Algunos candidatos a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México (en particular los del PRI y Morena) han incorporado a sus propuestas de campaña la eliminación de las fotomultas, aduciendo que ello pondrá freno a los abusos y afrentas económicas que éstas ocasionan a las familias. Además, critican, sus fines son más recaudatorios que preventivos y reina la opacidad en la manera que se obtienen y distribuyen los recursos económicos correspondientes. En la parte jurídica, la crítica general de abogados y ciudadanos ha sido en el sentido de que una empresa privada realiza funciones de autoridad y que el infractor recibe por correo una multa sin haber gozado de audiencia previa (como lo exige la Constitución para todo acto de privación). Los argumentos hasta aquí parecen convincentes, pero es necesario desmenuzar con seriedad esta discusión.

Primero que todo, es pertinente recordar que las políticas públicas no tienen que ser populares, sino perseguir un fin legítimo y superar una prueba elemental de costo-beneficio. Si bien pudiera hacerse un análisis exhaustivo al respecto, existen indicadores que muestran disminuciones de accidentes en vialidades primarias, sobre todo considerando varias medidas en conjunto, fotomultas y alcoholímetro incluidos desde luego (lo que hace todo el sentido). Segundo, el que una acción tenga naturaleza sancionatoria (como toda infracción a una norma jurídica) no excluye que a la par puedan implementarse acciones de prevención, información y educación. No recuerdo que alguien haya criticado el fin recaudador de la licencia de conducir, cuando - ahí sí - la naturaleza tendría que ser completamente distinta: verificar que una persona al volante no sea un riesgo para la comunidad. Tercero, confío más en un aparato que funcione bien que en la discreción de un policía municipal que, además, es susceptible de incurrir en actos de corrupción. Por último, el que existan preocupaciones válidas y legítimas, como la integridad del programa y la transparencia en cuanto al manejo de recursos, no necesariamente nos tiene que llevar a desaparecerlo, sino sólo a corregir esos aspectos.

En lo jurídico el tema está resuelto en parte. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que, dada la inmediatez que caracteriza las multas de tránsito, exigir una audiencia previa afectaría injustificadamente el actuar gubernamental y a la sociedad. Para el máximo tribunal, la posibilidad de impugnar la multa...

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