Modesto Suárez / 'Notoriamente improcedente'

AutorModesto Suárez

Improcedente. Impertinente, inoportuno, o desacertado por cualquier motivo.

María Moliner, Diccionario de uso del español

"Notoriamente improcedente" es una expresión utilizada por los juzgadores para desechar de plano una petición formulada ante ellos por considerarla completamente infundada.

El pasado lunes 21 de agosto, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Mariano Azuela, desechó como "notoriamente improcedente" el escrito de 16 mil 806 ciudadanos, que preocupados por "...el riesgo de que se violente la paz social en México, debido a la incertidumbre generada por la violación al voto público", solicitaban a ese órgano jurisdiccional que, con fundamento en la facultad prevista en el artículo 97 de la Constitución federal, investigara lo sucedido con el voto público emitido en las elecciones presidenciales del 2 de julio. Días antes de realizar su declaración de "notoria improcedencia", el ministro Azuela descalificó de manera contundente -y podríamos agregar totalmente inaudita- la base jurídica de tal facultad: "El artículo 97 de la Constitución es anacrónico, está redactado con los pies, es obsoleto y no sirve para nada".

En estas condiciones, para el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tanto la petición antes aludida como el fundamento invocado en la misma son "notoriamente improcedentes".

Los ministros del máximo tribunal parecen estar en perfecta sintonía con los magistrados del Tribunal Electoral, los cuales, en días más o menos recientes, también decidieron considerar como "notoriamente improcedente" la petición de la coalición Por el Bien de Todos, y de numerosos ciudadanos, de ordenar un nuevo cómputo de todos los votos sufragados el pasado 2 de julio. En las palabras de la única magistrada del Tribunal Electoral: "...bajo ningún argumento procedía la apertura indiscriminada de paquetes, porque eso hubiera sido ir en contra de lo establecido por el legislador y se habría dejado de lado toda una estructura legal en política de elecciones". Por supuesto, esta magistrada se refería a la ley secundaria, no a la Constitución.

El comportamiento del Tribunal Electoral parece haber respondido a un guión preestablecido...

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