Multan a vecinos morosos

AutorAlberto Acosta

Con multas de 500 y hasta 18 mil pesos podrán ser sancionados los condóminos que no paguen sus cuotas de mantenimiento o afecten el estado físico de sus unidades habitacionales.

Lo anterior quedó establecido en la nueva Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal que entra en vigor hoy, tras ser publicada el jueves en la Gaceta Oficial.

La normatividad cuenta con 89 artículos, en los que se establecen las obligaciones, derechos y sanciones para propietarios y condóminos, así como las facultades que tendrán en la materia, la Procuraduría Social y las 16 delegaciones.

El ordenamiento prohíbe a los condóminos, entre otras actividades, practicar actos que afecten la tranquilidad de sus vecinos, estorbar áreas de uso común, realizar obras y reparaciones por la noche.

También prohíbe derribar, trasplantar o talar árboles del inmueble; y poseer animales que por su número, tamaño o naturaleza afecten la salubridad, comodidad o seguridad.

En el artículo 87 se indican cuáles son las sanciones económicas a las que se harán acreedores los condóminos que violen las disposiciones de la norma, entre las que destaca la multa de 10 a 100 días de salario mínimo -equivalentes a entre 598 y 5 mil 982 pesos- a quienes incumplan con el pago oportuno de las cuotas ordinarias, extraordinarias y de mantenimiento.

Para estos casos, se considerará que un condómino es moroso, cuando haya incumplido más de dos cuotas ordinarias para el mantenimiento o la falta de pago de una cuota extraordinaria, y en ese supuesto el administrador del condominio estará facultado para iniciar los procedimientos.

Con esa misma multa, se sancionará a aquellos condóminos que incurran en faltas que afecten...

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