Olvida código incluir nulidad en comicios

AutorCarlos Marí y Alberto Aguirre

VILLAHERMOSA / Tabasco

Corresponsal y Enviado

El Código Electoral de Tabasco no prevé la anulación de votaciones de Gobernador ni alcaldes, sólo de diputados.

Las anomalías, como el dolo en cómputo, el consentimiento de voto sin credencial y presión sobre los votantes sólo son causales para "una o varias casillas", pero no para la votación total, según los artículos 279 y 280.

De cualquier manera, el dirigente del PAN, Francisco Macossay, reveló que el PAN impugnó la elección municipal de Centro ante el Tribunal Electoral de Tabasco (TET), con el propósito de conseguir la anulación de los resultados en un alegato posterior en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por su parte, el ex candidato perredista por la alcaldía Adán López Hernández anunció que el lunes, a más tardar a las 24:00 horas, cuando se venza el término legal, el PRD presentará la impugnación de los comicios en el municipio de Centro ante el TET, con la mira también de apelar posteriormente la anulación ante TEPJF.

Paralelamente, agregó, el partido presentará denuncias ante la Fiscalía Especializada contra Delitos Electorales.

Con la finalización del cómputo electoral del municipio de Centro, el saldo de las votaciones del domingo pasado se concretó de manera oficial en 11 alcaldías para el PRD y 6 para el PRI, y 11 diputaciones para el PRD, y 9, para el tricolor, en tanto, que para el PAN, una.

Hasta entonces, el PRD había mantenido sus reservas sobre si reclamaría el triunfo de López Hernández, pero con las anomalías denunciadas ayer, la secretaria estatal del partido en la entidad, Nidia Naranjo, recalcó que el Comité Ejecutivo Nacional asumiría la postura de defenderlo.

Lo que dice la Ley

Causales de anulación

Según el Código Electoral del Estado de Tabasco, las causales de nulidad son:

Artículo 279

La votación recibida en una casilla será nula cuando se acrediten cualesquiera de las siguientes causales:

- Instalar la casilla, sin causa justificada, en lugar distinto al señalado por el Consejo Electoral Distrital o Electoral Municipal correspondiente.

- Entregar, sin causa justificada, el...

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