Ordena Corte pagar pensión de orfandad
Autor | VÃctor Fuentes |
La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el plazo de un año establecido por la Ley del Seguro Social para reclamar el pago de pensiones de orfandad.
Por unanimidad, la Primera Sala del máximo tribunal amparó a Raquel Pérez Martínez, una viuda que solicitó sin éxito al IMSS pagos de pensión para sus cinco hijos menores de edad cuando ya había vencido el plazo de un año que ordena la ley.
"Ni el Estado ni la sociedad civil pueden permitir que uno de sus miembros se abandone a la fatalidad de vivir sin las condiciones mínimas de apoyo que se le deben brindar a un ser humano, sobre todo cuando se encuentra en estado de extrema necesidad", indicó la Corte.
"Cuando una persona padece ese estado de extrema necesidad, no se le puede excluir de la protección eficaz a la dignidad personal a la que tiene derecho, sino extenderle toda la ayuda posible".
Gracias al amparo, Pérez podrá cobrar 21 meses de pensión para cada uno de sus hijos, pues solicitó los pagos por el periodo de abril de 2001 a diciembre de 2002.
Para el IMSS, el precedente de la Corte podría significar presiones adicionales a sus finanzas.
Al cierre de agosto, el organismo tenía registrados a 97 mil 197 beneficiarios de pensiones de orfandad, además de 618 mil viudas y viudos, y 45 mil ascendientes, es decir, padres o madres de los trabajadores afiliados que también cobran pensiones.
El artículo impugnado fue el 300 de la Ley del Seguro Social, que señala el plazo de un año para reclamar todo tipo de pensiones, ayudas asistenciales, finiquitos, aguinaldos y demás prestaciones sociales.
La Corte consideró válido este plazo...
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