Piden omitir perfil para prelibertad

AutorRuth Zenteno

Las personas acusadas de un delito deben ser sentenciadas por lo que hacen, no por lo que son, lo que para algunos expertos debería traducirse en que las preliberaciones no requieran la valoración de los estudios de personalidad de los reos, herramienta que fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia (SCJN) el 6 de junio.

La resolución de la SCJN indica que no se debe castigar a una persona por quién es, cómo ha vivido o por el hecho de representar un cierto nivel de peligrosidad social; la sanción debe provenir únicamente de las conductas delictivas que se le han comprobado.

"Hoy por hoy la resolución (de la Corte) solamente habla de que no se deben considerar para determinar el nivel de pena, pero no habla de que no se deben considerar los estudios de personalidad para el tratamiento técnico en materia penitenciaria", explicó Germán Castillo Banuet, investigador del ITESM CCM.

"Tampoco puede analógicamente extenderse a que a la hora de definir las preliberaciones porque ahí se expresa que sí se deben de considerar y todavía no hay ninguna tesis que determine que no".

Castillo Banuet precisó que la trascendencia de la decisión de la SCJN se encuentra en que actualmente los jueces toman en cuenta los estudios de personalidad para determinar qué tanto debe incrementarse la sanción de una pena y pocas veces se utilizan para atenuar la sentencia.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia local (TSJDF), Édgar Elías Azar, reconoció que dejar de usar los perfiles psicológicos de los reos como elemento de valoración para sentenciarlos no va a acabar con la criminalización pero sí con la agravación de las penalidades por elementos ajenos al delito.

"Esto va a beneficiar mucho, digamos, la aplicación de sanción, de estas muy graves, que se hacían por culpa de un estudio que nada tenía que ver con la conducta", acotó.

"No va a acabar con la criminalización de los reos, va a continuar, lo que no va a continuar con esta tesis es que se agraven las penalidades por algo que no tuvo que ver con el ilícito".

Una de las principales críticas que le hizo la Comisión de Derechos Humanos del DF (CDHDF) a la nueva Ley de Ejecución de Sanciones Penales es que los jueces de ejecución siguen utilizando los estudios de técnicos penitenciarios que determinan el nivel de peligrosidad de un interno para valorar si merece un beneficio de libertad anticipada.

La CDHDF promovió en julio de 2011 una acción de inconstitucionalidad contra la...

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