Plaza Pública/ Doce y medio por ciento

AutorMiguel Angel Granados Chapa

La Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) se apresta a combatir el tiempo fiscal, hasta suprimirlo. Se trata de la obligación de los concesionarios de esos medios de poner a disposición del Estado el 12.5 por ciento del tiempo de sus transmisiones, para cubrir un impuesto que data de 1968. Desde entonces, los concesionarios evadieron esa obligación en mayor o menor medida. Dada su identificación corporativa con el régimen priista, habían llegado a un pacto de caballeros: la industria no impugnaba aquel gravamen pero el gobierno fue dejando de utilizar el tiempo de que disponía por ese título. Ahora, ante la mudanza presidencial, y antes que negociar un nuevo pacto, la Cámara ha resuelto volver a su argumento inicial (el impuesto es confiscatorio) y a través del amparo buscará que se decrete su inconstitucionalidad. Quizá no tenga necesidad de hacerlo: la ley que le da origen es refrendada anualmente, por su naturaleza tributaria. Bastaría con que en diciembre próximo ya no se la incluya en la Miscelánea Fiscal. Y dado el origen ilegítimo del impuesto, su carácter autoritario, temible y tramposo, habría que saludar su eliminación.

Opino, sin embargo, que no se debería suprimirlo simplemente, sino revisarlo en un marco general de necesidades sociales de difusión y considerando la naturaleza jurídica de los medios electrónicos. Esa industria debe cubrir un gravamen especial puesto que opera bajo concesión, que es el privilegio de actuar no en un mercado libre sino cerrado. Si cualquiera pudiera participar en la radio y la televisión, si no se requiriera una autorización específica que se otorga a muy pocos, esa industria sería como otra cualquiera. Pero el régimen de concesiones le da una peculiaridad que debe y puede reflejarse fiscalmente.

Suprimir la obligación no cumplida de pagar en especie, sin más, significará consagrar una exención que los concesionarios ganaron desde siempre. Es oportuno plantear que el pago en especie se sustituya por un pago en efectivo, y aun es posible concebir un régimen mixto, en que el Estado continúe disponiendo de tiempos en radio y televisión para usarlos directamente y para compartirlos con la sociedad.

El tiempo fiscal fue creado por medidas legislativas y administrativas dictadas en el periodo del presidente Díaz Ordaz. La Ley de Ingresos para 1969, publicada el último día del año anterior, incluyó un impuesto especial a las empresas que funcionen al amparo de concesiones federales para el...

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