Ponen orden a empeños

AutorJessika Becerra

Las casas de empeño, que operaban sin estar reguladas, ahora deben obedecer las leyes transparencia, que les prohibe la venta y compra de dólares, y a la Ley Antilavado, según una revisión de las disposiciones existentes para el sector.

Al inicio del sexenio, en 2006, la Ley para la Transparencia y el Ordenamiento de Servicios Financieros obligó al sector a incorporar en sus centros de atención, en un lugar visible, así como en sus contratos y en su publicidad, el Costo Anual Total (CAT) de su crédito, así como las comisiones adicionales.

Después, en 2011, la Secretaría de Hacienda emitió normas que dejó en exclusiva a los centros cambiarios, casas de cambio y bancos, la compra y venta de dólares, actividad que las casas de empeño realizaban de forma habitual.

Ahora, con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, las casas de empeño quedarán obligadas a identificar a sus clientes, guardar esa información y reportar movimientos por un valor igual o superior a 100 mil 39 pesos.

Según el numeral IV de la Sección Segunda de esta regulación, el ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía, por parte de sujetos distintos a las entidades financieras, es una actividad que debe reportarse a la Secretaría de Hacienda y Creedito Público (SHCP).

Esto es obligatorio para operaciones por un monto igual o superior a mil 605 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, que son 100 mil 39 pesos.

Carlos Gómez Álvarez-Tostado, presidente de la Asociación Mexicana de Servicios Prendarios (Amespre), comentó en entrevista que los socios de este organismo aplauden la expedición de esta Ley.

"Hacia falta tener una ley como esta, a las casas de empeño se nos clasifica como una actividad vulnerable", mencionó.

Recordó que las casas de...

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