Ponen trabas a incapacidades

AutorArturo Rivero

En los últimos dos años, las incapacidades permanentes otorgadas por el IMSS a causa de una enfermedad laboral, disminuyeron notoriamente.

Según cifras del instituto, mientras en 2004 se registraron 8 mil 867 casos, en 2006 bajaron a 5 mil 585.

Si bien esta reducción debería ser consecuencia de la mejora en las medidas de seguridad en las empresas, hay señales que indican que más bien hay oposición para otorgarlas.

Existe una regla no escrita dentro del instituto, que es evitar que un padecimiento de un trabajador que dice haber adquirido dentro de una de las 161 enfermedades laborales, sea calificado como tal, confiesa uno de los responsables de medicina del trabajo de la clínica 13 del IMSS, quien no quiso ser identificado.

La importancia de definir si es o no una enfermedad laboral, determina el derecho a un subsidio, incapacidad parcial, incapacidad permanente y hasta pensión, así como el tipo y la durabilidad de la atención médica.

Si se comprueba con exámenes médicos y ambientales que un trabajador adquirió una de las enfermedades laborales o profesionales mencionadas, entonces garantiza en caso de darse una incapacidad permanente, la atención de por vida, así como un porcentaje de su sueldo como subsidio, según la clase de padecimiento advertido en las tablas del artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo, afirma el médico de medicina del trabajo.

Si es una enfermedad no profesional, no hay subsidio y solamente se le atiende mientras esté afiliado al Seguro Social, describe.

Alberto Briseño, presidente de la Academia Mexicana de Seguridad Social señala que es muy difícil determinar el origen de una enfermedad y que la simple clasificación entre ser laboral o tradicional, coloca al trabajador en desventaja.

"Reconocer enfermedades o accidentes de trabajo no es algo conveniente para los patrones pues implica mayores costos para ellos y para el instituto un compromiso permanente de atención al afectado", destaca.

Joel Ortega, coordinador de programas médicos en la División de Riesgos de Trabajo del IMSS dice que existen implicaciones que reconocen una enfermedad laboral y una tradicional.

A través de un dictamen, en caso de que el trabajador ya no pueda laborar, en base al artículo 119 de la Ley del Seguro Social se le asigna el 70 por ciento de su sueldo para el ramo de enfermedad general.

En el ramo de riesgos de trabajo, en caso de que un empleado adquiera una enfermedad laboral y éste no pueda laborar más, explica el dictamen se...

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