Saque provecho a régimen de SAS

AutorJessika Becerra

Los pequeños y medianos empresarios pueden dar inicio o continuar su actividad convirtiéndose en una persona moral, protegiendo su patrimonio y mostrando una imagen corporativa y formal a clientes y proveedores, consideró el Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

En un análisis, Luis Daniel Fuentes Hernández, integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal del CCPM, destacó las ventajas de un régimen societario reciente, denominado Sociedad por Acciones Simplificada (SAS).

Esta modalidad fue aprobada por los legisladores el 14 de marzo de 2016, con la intención de reducir la informalidad, así como el tiempo y los costos para tramitar la creación de una empresa, los cuales generalmente se relacionan con costos notariales y de derechos.

Para incorporarse al régimen SAS, el límite de ingresos anuales requerido es 5 millones de pesos, según la Secretaría de Gobernación.

A su vez, los negocios que se incorporen a este régimen están obligados a inscribirse en el Registro Público de Comercio y pueden constituirse por una o más personas físicas, pues no es posible admitir personas morales como accionistas.

De acuerdo con Luis Daniel Fuentes, la condición para constituirse como SAS es que los socios o el socio no tengan una participación que les permita poseer el control o la administración en término del artículo 2 fracción III de la Ley del Mercado de Valores, de algunas de las sociedades mencionadas en el artículo 1 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

El trámite se realiza por internet y la CCPM estima que dura cuatro días, es gratuito y para efectuarlo se requiere la firma electrónica.

"Es requisito que el accionista o accionistas cuenten con su certificado de firma electrónica", destacó Fuentes.

Primero, la persona física solicita la autorización de uso de denominación, obtiene los estatutos y el sistema genera un contrato social para descargarse luego de que los accionistas o el accionista lo firman electrónicamente.

La Secretaría de Economía verifica que se cumplan requisitos en los estatutos de la sociedad, como son la denominación, los nombres y domicilio de los accionistas con su respectivo Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y correos electrónicos.

A la vez, verifica domicilio de la sociedad, la forma y términos de suscribir y pagar acciones, así como el número, naturaleza y valor nominal de sus acciones.

Un blog de la Secretaría de Gobernación, indica que las SAS no deberán apartar utilidades para fondo de reserva...

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