Sergio Aguayo Quezada / El método Krauze

AutorSergio Aguayo Quezada

¿Tiene límites la libertad de expresión? Sí, cuando se difama o se viola la intimidad. La arbitrariedad a la hora de castigar este delito, como en el caso de Lydia Cacho, comienza a quedar atrás y los jueces trazan límites como ocurre en las democracias consolidadas.

Una costumbre muy mexicana es la de hablar quedito y sacarle la vuelta a la confrontación pública de las ideas. La dejadez mal acostumbró a medios y periodistas que, salvo algunas excepciones, dedican poca atención a la veracidad de lo difundido. Hubo excepciones a la pasividad; Enrique Krauze siempre siguió el método de responder en los medios con rapidez y fuerza a las críticas para, de esa manera, defender sus ideas en los medios. Rara vez dejaba pasar una y con sus polémicas podría armarse un volumen de regular tamaño. Esa fórmula ha ido complementándose con demandas interpuestas ante un Poder Judicial cada vez más autónomo.

El preámbulo viene a cuento porque no respondí con la claridad, rapidez y contundencia requerida a las versiones que, a partir de 1997, aseguraron en diferentes medios que mi actuación como académico o integrante de organismos civiles como Alianza Cívica era el resultado de instrucciones emitidas por el gobierno de Estados Unidos. En algunos círculos empecé a ser acusado de "agente del gobierno de Estados Unidos", de "colaborador y empleado de la CIA", de "mercenario, cipayo y traidor a la patria", de "farsante", de "policía", de "opaco"...

Rechacé las acusaciones mediante cartas al director, que en ocasiones publicaban, pero nunca con la misma notoriedad que la calumnia. Eran escritos inútiles porque ya había sido manchado por la difamación que es un líquido tan viscoso y pegajoso como esas humedades que destrozan construcciones. Ante el limitado efecto de mi defensa interpuse una demanda civil en 2005. Tras recorrer la instancia local y federal, el asunto llegó a los ministros de la Suprema Corte que el pasado 23 de mayo determinaron que la libertad de expresión acaba donde empieza el derecho al honor, a la vida privada, a la intimidad.

El fallo define con mayor precisión conceptos clave para la construcción de un marco jurídico y eso orientará las decisiones futuras de otros juzgadores. Concluyeron, por ejemplo, que el honor es "un bien objetivo que hace que la persona sea merecedora de estimación y confianza en el medio social donde se desenvuelve".

En mi demanda, la decisión de los ministros respaldó los fallos alcanzados por un juzgado capitalino...

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