Sergio Elías Gutiérrez / Empresas productivas del Estado

AutorSergio Elías Gutiérrez

La reforma energética del 20 de diciembre pasado obliga a Petróleos Mexicanos y a la Comisión Federal de Electricidad a adoptar en 2 años la nueva figura jurídica de "empresas productivas del Estado".

La nueva redacción del artículo 25 de la Constitución señala que "el sector público tendrá a su cargo de manera exclusiva las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno federal la propiedad y control sobre los organismos y empresas productivas del Estado que en su caso se establezcan". A los organismos se añaden las empresas productivas del Estado.

Desde 1983, al inicio del Gobierno de Miguel de la Madrid, se incluyó en la Constitución la mención de los organismos públicos con los que maneja sus empresas petrolera y eléctrica. El texto original contenía la libertad de correspondencia.

Se reformaron los artículos 27 y 28 para crear el capítulo económico de la Constitución. Ahí se define el sistema de planeación, la rectoría económica estatal y las áreas estratégicas a explotar por el Estado.

Antes, en abril de 1981, se reformó el artículo 90 que señala que "la Administración Pública será centralizada y paraestatal". La intervención del Ejecutivo en su funcionamiento se detalla en las leyes respectivas. Esta reforma cubrió la omisión legal sobre la intervención estatal en la economía, frecuentemente criticada por el sector privado.

Treinta años después, la rectoría económica y el monopolio energético dan un vuelco. Los organismos descentralizados que manejan el sector energético deben convertirse en empresas productivas del Estado.

No se trata de un cambio semántico, pues con la novedosa figura jurídica se busca una nueva forma de gestión de las empresas públicas que en la actualidad están muy sometidas a rígidos controles presupuestales, salariales y de deuda pública. Esto es lo que la doctrina llama "tutela administrativa".

La tarea empieza por definir su naturaleza y si seguirán tuteladas por el Estado o gozarán de mayor libertad de acción semejante a las que tienen las empresas privadas que no están sometidas a estrictas reglas públicas.

En la exposición de motivos de la reforma no se contenía esta reconversión. En los debates parlamentarios se planteó la necesidad de dotar a Pemex y a la CFE de mayor libertad de gestión, semejante a la de las empresas con las que se prevé vayan a competir en el nuevo entorno de apertura.

De darse este supuesto, podrían, por...

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