Sugieren anular los 'vouchers'

AutorJessika Becerra

Como último recurso para defenderse de cargos no reconocidos que afecten su historial crediticio, puede demandar la nulidad de los "vouchers" que usted no firmó, según expertos en leyes bancarias.

Cuando una persona reclama cargos, el primer paso es agotar el proceso de investigación con el banco, si éste no se resuelve, la persona puede iniciar nuevamente el proceso con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Si de nueva cuenta, la resolución no es favorable, existe una vía directa para resolver este problema, que es solicitar la nulidad de los "vouchers".

Rodrigo Orenday, especialista en cumplimiento normativo y derecho bancario, señaló que los "vouchers" de tarjeta son jurídicamente pagarés, que conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito deben tener, entre otros elementos esenciales, la firma de su suscriptor, es decir del tarjetahabiente.

Explicó que si falta esa firma, o no corresponde a la del tarjetahabiente, éste podrá demandar la nulidad con gran probabilidad de éxito, puesto que en 2008 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó la Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 67/2008, conforme a la cual, los cargos anteriores al aviso de robo o extravío que prevén la Disposiciones del Banco de México pueden ser objetados en vía de nulidad.

Este proceso requerirá de pruebas periciales grafoscópicas.

Además, Orenday dijo que respecto a cargos que pueden autorizarse sin firma, o con otros factores de autenticación, denominados "Micro Pagos"...

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