TELECOM Y SOCIEDAD / Estrategias con y sin ética

AutorClara Luz Álvarez

La contienda en el Estado de México donde la candidata del PAN Josefina Vázquez Mota está por mucho debajo de la candidata de Morena, Delfina Gómez y de Alfredo del Mazo del PRI, representa una tentación enorme para que el Partido Acción Nacional bajo las instrucciones de Ricardo Anaya, sucumban ante el poder de Televisa, TV Azteca y demás agremiados de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión. No en balde a la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para disminuir los derechos de las audiencias de radioescuchas y televidentes, aprobada recientemente en la Cámara de Diputados por PRI, Partido Verde y PAN, ahora se le conozca como la Ley Televisa-Anaya.

Estrategia legislativa. Sin mayor argumento que un slogan tipo "libertad de expresión, no a la censura", los que han apoyado esta reforma -por complicidad, ignorancia o ambas-, actúan de manera poco ética y sin considerar la experiencia de países democráticos.

Pregunto a Ricardo Anaya y demás legisladores panistas, ¿en qué quebranta la libertad de expresión si se distingue entre lo que es publicidad de lo que es programación? ¿En qué se vulnera la libertad de expresión si el defensor de la audiencia rinde cuentas ante la autoridad en lugar de sólo ante la televisora o la estación de radio?

Este caso debe verse en el contexto del proceso electoral del Estado de México y de 2018, porque están pendientes de resolverse en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sendas controversias constitucionales de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y del Senado en contra de los lineamientos de defensa de las audiencias expedidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en diciembre de 2016. Estos desarrollan los derechos de las audiencias conforme a las prácticas de países como Reino Unido, en la que un principio básico es la transparencia y el no engaño a los televidentes y radioescuchas. Sin embargo, muy probablemente se dieron cuenta que las controversias carecen de razón, entonces antes de que la SCJN se pronuncie, han optado por la estrategia de eliminar derechos de las audiencias para que queden sin materia.

Fraude procesal. La Secretaría de Gobernación en 2015 emitió los criterios de clasificación de contenidos audiovisuales (telenovelas, películas, etc.) y las franjas de horarios para que puedan transmitirse en TV abierta. Estos horarios debieran proteger a los niños, pero todo lo contrario...

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