TELECOM Y SOCIEDAD / ¿Impunidad a la mexicana?

AutorClara Luz Álvarez

"(...) hay un reconocimiento creciente de que los conflictos entre intereses privados y las funciones públicas de los servidores públicos, si se manejan de manera inadecuada, pueden resultar en corrupción". OCDE

La Ética está tan ausente en México que los funcionarios públicos parecen no comprender lo que debe ser la integridad y la imparcialidad. Tenemos a Ramírez Stabros, que no vio problema con ser Coordinador de Vinculación de la oficina del Presidente Enrique Peña Nieto y al mismo tiempo ser consejero independiente de Iberdrola, empresa líder del sector energético de España y que podrá ser una de las beneficiarias de las recientes reformas.

Los escándalos de conflictos de intereses sobran: Francisco Gil Díaz, que de Secretario de Hacienda y Crédito Público pasó a ser consejero del corporativo HSBC; Fernando Sánchez Ugarte, creador del IETU que sale de la SHCP para entrar a TMM e impugnar la constitucionalidad de su impuesto; Juan Camilo Mouriño y contratos de familia con Pemex; Alejandra Sota, ex vocera del Presidente Felipe Calderón y los contratos a amistades; Purificación Carpinteyro y la llamada que trascendió durante el proceso de reforma en telecomunicaciones; Javier Lozano, actor clave para la aprobación de la ley de telecomunicaciones con grandes favores a las televisoras comerciales y su esposa trabajando en la Fundación Televisa; el actual Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell, con negocios familiares desde hace varias décadas en el sector energético y su rol en la reforma de éste; los legisladores de la telebancada o casos como el de Diego Fernández de Cevallos, etcétera.

¿Son hechos ilegales los arriba mencionados? Algunos sí, algunos no y en otros casos depende de las circunstancias. El tráfico de influencias es un ilícito. El tener un cónyuge como empleado de un agente regulado, no necesariamente. El dar desde el cargo público información confidencial a un particular sí es un ilícito. El tener acciones en una empresa no por sí mismo crea un conflicto de intereses insuperable. En algunos supuestos la persona tendrá que renunciar a sus intereses privados o al cargo público, pero no puede tener ambos; en otros bastará con excusarse de participar en los asuntos en que su imparcialidad pueda verse comprometida; y habrá algunos más en los que la simple declaración de intereses sea suficiente para que la ciudadanía exija una rendición de cuentas real.

Aunque la Ley Federal de Responsabilidades...

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