¡Orden en la sala!

AutorFernando del Collado

Según el propio reglamento del Poder Judicial de la Federación, bastarían siete de los once ministros de la Suprema Corte para declarar como válida una sesión de trabajo.

Y aquí, los siete magistrados Salvador Aguirre, Ramón Cossío, Juan Díaz, José Gudiño, Margarita Luna, Olga Sánchez Cordero y Sergio Valls se reúnen para "enjuiciar" al máximo tribunal de justicia del país. Esta reunión, la primera que se realiza para un medio de comunicación por lo menos desde la reforma al Poder Judicial en 1994, está inspirada para evaluar el desempeño de la SCJN en estos años de transición política nacional.

Aunque reconocen que su credibilidad e imagen está expuesta a la vulnerabilidad política en turno, los magistrados coinciden en defender su papel protagónico al ser los garantes del equilibrio entre los Poderes de la Unión.

¿Qué momento vive la SCJN, cuál es su diagnóstico?

Sergio Salvador Aguirre Anguiano

Si por momento entendemos la pequeña historia de los ataques de un litigante en contra de la institución y de algunos de sus miembros, vive un momento de fuego artificioso. Si por momento entendemos tiempo, época, estamos granjeándonos prestigio, a través de eficiencia, eficacia, excelencia y honorabilidad.

José Ramón Cossío Díaz

La Suprema Corte vive un momento de transición interna, que en algunos casos es semejante al del resto de las instituciones del país. Esta transición consiste, básicamente, en la necesidad de modificar algunas prácticas y criterios, fundamentalmente para darle plenitud y sentido democrático al texto constitucional.

Juan Díaz Romero

En la actualidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha fortalecido su papel como cabeza del Poder Judicial de la Federación, ya que no sólo puede, jurídicamente, definir de modo terminal el derecho en materia de legalidad, sino también en el aspecto de constitucionalidad, inclusive entre los otros dos poderes federales y resguardar, asimismo, el sistema federalista, al dirimir controversias entre Federación, estados, Distrito Federal y municipios.

José de Jesús Gudiño Pelayo

Los tiempos de transición democrática que vive nuestro país suponen, entre otras cosas, un reposicionamiento de los poderes públicos y conducen a que se presenten conflictos que no pueden consensuarse para disolverse en la arena política, como antaño, mediante controles verticales; de ahí que resulte natural que con suma frecuencia se recurra a instancias imparciales y técnicas, como la SCJN en su función de tribunal constitucional, para que éstos se finiquiten.

Este contexto ha llevado a este tribunal a asumir indeliberadamente un rol importante en este proceso de transición, en ocasiones incluso protagónico, particularmente a raíz de que resuelve conflictos que involucran el ejercicio del poder público y que se presentan ante la sociedad como altamente politizados.

Margarita Beatriz Luna Ramos

Tengo el pleno convencimiento de que el máximo tribunal es ahora un actor determinante en el proceso de consolidación de la democracia en nuestro país. En este sentido, el Poder Judicial constituye actualmente el fiel de la balanza en la solución de los diversos conflictos que se someten a su jurisdicción y es garante en la preservación de condiciones para una convivencia social pacífica y armónica, salvaguardada de los derechos fundamentales de la persona, así como de la dignidad humana y fortalecimiento de las instituciones del Estado.

Olga Sánchez Cordero

La Corte mexicana vive sin duda un momento crucial en su vida institucional. Un momento de consolidación en su pilares fundamentales: la autonomía y la independencia. La reforma que en este mes conmemoramos otorgó un nuevo papel a la Suprema Corte de Justicia como poder del Estado, dicho esto en su más estricto sentido político; pero también una función determinante como órgano máximo de control de la constitucionalidad y legalidad de las normas generales y los actos sujetos a su competencia.

Ese es mi diagnóstico: la Corte cumple a cabalidad ese papel. La revisión de las normas y actos de los poderes u órganos públicos ha hecho que la actuación de éstos se someta de un modo más preciso y puntual al derecho y, en particular, a nuestra Constitución política.

Sergio Armando Valls Hernández

La Suprema Corte es la institución responsable de garantizar los valores constitucionales más trascendentes, como son la supremacía de la Constitución, las garantías individuales, la división de poderes y el pacto federal. Es factor de equilibrio del orden social que antepone, siempre, la Constitución y la ley frente a otras razones que motivan la acción colectiva. Los jueces, los magistrados y los ministros deben buscar proteger a los individuos de los eventuales abusos del poder.

¿Se vulnera la credibilidad de la SCJN en los procesos electorales y ante los otros Poderes de la Unión?

Sergio Salvador Aguirre Anguiano

Pienso que la consolida, por más que por el asombro de que cumpla con sus responsabilidades algunos individuos que ofician en política, la ataquen para sofocarla.

José Ramón Cossío Díaz

La Suprema Corte debe cumplir con las funciones constitucionales otorgadas y, si de ese modo resulta vulnerada al no ser sus resoluciones del agrado de otros poderes del Estado, no existe más remedio que enfrentar los costos de tal situación. De no ser así, la Suprema Corte no cumpliría con su tarea, pues estaría preocupada en evitar daños a su imagen, lo cual sería muy lamentable.

Juan Díaz Romero

La Suprema Corte no compite con los otros dos Poderes de la Unión de ninguna manera, mucho menos políticamente; si así lo hiciera, dejaría de ser juez. Simplemente se limita a decir el derecho entre partes contendientes y a exigir el cumplimiento de sus sentencias; ello permite, perfectamente, la convivencia o tolerancia de los tres poderes, donde cada uno hace lo que corresponde como le va demarcando la Constitución en bien de la nación.

José de Jesús Gudiño Pelayo

No, por el contrario, se robustece porque al desempeñar el papel de árbitro aporta soluciones que no sólo finalizan un problema concreto y presente, sino que aportan lineamientos para la mejor convivencia futura entre los agentes de poder y los actores políticos.

Margarita Beatriz Luna Ramos

Las facultades que corresponden a los poderes federales son producto del trabajo desarrollado por los representantes de la nación y del pacto federal, quienes integran al constituyente permanente. En ese sentido, la Suprema Corte cumple estrictamente con las disposiciones constitucionales y se aparta de todo afán protagónico. Por lo tanto, su actuación no obedece a criterios relativos a exponerse o no ante la opinión pública y a vulnerar su credibilidad. La legitimación en el desempeño del cargo tiene que ver con su imparcialidad, objetividad y servicio de aplicación e interpretación del derecho, sólo de esta manera el juzgador legitima su actuación y le permite ser vínculo de cercanía con los justiciables.

Olga Sánchez Cordero

No. El ejercicio de las atribuciones constitucionales de cualquier institución la somete al escrutinio público, como debe ser en la democracia. La Corte no participa de la competitividad en materia política por su propia naturaleza. De tal suerte que su credibilidad radica en la fuerza de sus argumentos, en la solidez de sus razones. La credibilidad del órgano de control constitucional se gana a través del cumplimiento cabal de esas atribuciones. Así que la convivencia con los otros poderes del Estado no tiene por qué vulnerar la credibilidad de ninguno de los poderes, si se lleva a cabo en los márgenes de sus atribuciones.

Sergio Armando Valls Hernández

La Suprema Corte es la responsable de dar racionalidad jurídica a la política. En esta labor no se substituye a la política sino que la complementa cuando los distintos actores sociales...

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