Empresa/ ¿Carpetazo?

AutorAlberto Barranco Chavarría

La manzana de la discordia era el sí o no definitivo a la solicitud de amparo presentada por Banamex, Bancomer, Banorte y Bital, contra la exigencia del órgano legislativo, fundamentada en uno de los transitorios de la Ley para la Protección del Ahorro Bancario, de auditar los préstamos rescatados por el barril sin fondo del Fobaproa, como paso previo para canjear los Pagarés correspondientes por Pagarés IPAB, es decir, avalados ahora por el Instituto para la Protección del Ahorro Bancario.

El eje del jaloneo es la validez de la revisión realizada hace cuatro años, a encargo del Congreso, por el auditor canadiense Michael Mackey.

Bien, pues hete aquí que en suspenso aún la definición final sobre el asunto por parte de la instancia jurídica involucrada, el Juez Quinto de lo Civil le ordenó a los despachos nacionales vinculados a la revisión de Mackey, que se abstengan de entregar a cualquier tercero, "incluyendo al Instituto para la Protección del Ahorro Bancario o a la Cámara de Diputados", los papeles de trabajo, documentos y reportes en general que hayan recibido, utilizado o generado durante el desarrollo del ejercicio.

Días antes, los propios bancos involucrados le habían enviado a los contadores una advertencia de que en caso de entregar la documentación que para los legisladores es vital para determinar el alcance real de la revisión del ciudadano del país de la hoja de arce, estarían violando el secreto bancario.

Por absurdo que parezca, pues, por un lado los hombres del dinero pugnan por que se dé por válida la revisión ordenada por la Cámara de Diputados, y por otro le colocan uno y otro obstáculos a la posibilidad de completar el expediente.

El hecho es que en el rejuego del sí-pero-no, los despachos contables involucrados se encuentran atrapados a dos fuegos, dada la amenaza de la Cámara de Diputados de demandarlos por incumplimiento del contrato de prestación de servicios profesionales, en cuya cláusula séptima ("De la documentación e información"), se anota a la letra lo siguiente:

"Toda la información y documentación fotocopiada o que quede en poder del despacho deberá ser devuelta directamente a la Cámara por conducto del Comité de Seguimiento de las Operaciones del Rescate Bancario, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que concluyan los trabajos materia del presente contrato".

Más aún, la cláusula decimosexta ("Confidencialidad"), señala que los despachos se obligan a guardar absoluta confidencialidad...

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